Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Marzo de 2010, número de resolución KLRA200901323

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200901323
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2010

LEXTA20100330-26 Rodríguez Feliciano

v. Adm. de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

Johnny Rodríguez Feliciano Recurrente v. Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura Recurrida
KLRA200901323
Revisión Administrativa Procedente de la Junta de Síndicos de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura Caso Núm.:2007-0528 Sobre: Incapacidad Ocupacional

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas

Vélez, el Juez Cortés Trigo y el Juez Feliberti Cintrón.

Bajandas Vélez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de marzo de 2010.

Comparece ante nos el Sr. Johnny

Rodríguez Feliciano (el Sr. Rodríguez o el recurrente) mediante el recurso de revisión de epígrafe. Nos solicita que revoquemos la Resolución emitida por la Junta de Síndicos de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura (la Junta) el 9 de noviembre de 2009 y notificada el 8 de diciembre de igual año.

Por medio de ésta, la Junta confirmó la decisión de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura (la Administración) de denegar los beneficios por incapacidad ocupacional solicitados por el recurrente.

Analizado el recurso y el derecho aplicable, resolvemos confirmar la Resolución recurrida.

I.

El Sr. Rodríguez se desempeñaba como Trabajador I del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, donde cotizó 5 años de servicios acreditados al sistema de retiro de los empleados gubernamentales.

El 3 de julio de 1990 el recurrente sufrió un accidente en el empleo cuando al levantar una carretilla llena de piedras y tierra sintió dolor en la espalda y pierna derecha. En virtud de ello, la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (el Fondo) relacionó con el accidente laboral las siguientes condiciones: Herniación de Núcleo Pulposo (HNP) L4-L5, Sprain Lumbar, Bulging

Annulus Fibrosus (BAF)

L2-L3, L4-L5, L5-S1 y Depresión Mayor. Posteriormente, el 13 de mayo de 1994 el Sr. Rodríguez sufrió un segundo accidente laboral, por el cual el Fondo le relacionó las condiciones de Sprain Lumbar y Bulging Annulus Fibrosus (BAF) L2-S1. A raíz de ello, el Fondo le otorgó los beneficios de una Incapacidad Total y Permanente.

Así las cosas, el 21 de septiembre de 2001 el recurrente solicitó una pensión por incapacidad ocupacional ante la Administración, la cual fue denegada el 22 de enero de 2003. La Administración concluyó que éste estaba capacitado para realizar labores en el servicio público. Inconforme, el 18 de febrero de 2003 el Sr. Rodríguez presentó una apelación ante la Junta, la cual posteriormente confirmó la determinación de la Administración.

No obstante, el recurrente acudió ante este Tribunal para impugnar las referidas determinaciones. Un Panel Hermano revocó las mismas bajo la premisa de que no se encontraba en el expediente evidencia de que los Médicos Asesores de la Administración hubiesen evaluado las condiciones del Sr. Rodríguez a los fines de determinar si cumplían con los listados de criterios médicos. A tales efectos, el Panel Hermano devolvió el caso a la esfera administrativa para la continuación de los procedimientos.

En cumplimiento con lo ordenado, la Administración examinó nuevamente el expediente del recurrente. Sin embargo, el 26 de noviembre de 2007 reiteró su decisión de denegar los beneficios solicitados porque el Sr. Rodríguez estaba capacitado para trabajar en el servicio público.

Insatisfecho con tal determinación, el 7 de diciembre de 2007 el recurrente acudió, una vez más, ante la Junta a los fines de impugnar la denegatoria de los beneficios por incapacidad ocupacional.

Luego de celebrada la vista de conferencia, los días 19 de agosto y 15 de septiembre de 2008 el recurrente sometió nueva evidencia que no estuvo ante la consideración de la Administración. Por ello, la Junta le remitió la nueva evidencia a la Administración, le ordenó evaluarla y expresarse sobre el cumplimiento de los Listados de Criterios para Determinación de Incapacidad aplicables. Tras evaluar la nueva evidencia, el 10 de noviembre de 2008 los médicos consultores de la Administración repitieron su denegación

de los beneficios solicitados.

La vista evidenciaria ante la Junta se celebró el 15 de junio de 2009. Como único testigo se presentó al recurrente. La Junta resumió su testimonio como sigue:

a. Para esa fecha cuenta con 43 años de edad y preparación académica hasta sexto grado de escuela elemental.

b. Recuerda la edad de su hijo y residencia.

c. Laboró en Recursos Humanos como trabajador de construcción.

d. Sufre accidente laboral donde se lastima la espalda y la pierna derecha. Fue operado de los discos hace como 14 años. Desde entonces, ha sido hospitalizado en una ocasión.

e. Visita al generalista Dr. Quinito López. Le recetan Percocet

inyectado, no recibiendo alivio.

f. Se le dificulta subir y bajar escaleras.

g. Utiliza bastón y fajas recetadas por el Fondo.

h. No puede levantar peso con las manos.

i. Visita a una psiquiatra en Arecibo. Cualquier cosa le descontrola, no duerme sin pastillas.

j. Tiene buenas relaciones familiares, pero no comparte con vecinos.

k. Recibe beneficio por incapacidad del Seguro Social sin nombramiento de tutor. Se le concedió 30 días a la parte apelante para someter copia de la decisión.

l. Considera que no podría regresar a trabajar en su antiguo trabajo ni en ningún otro. 1

Además, la Junta contó con la siguiente prueba médica:

1. Copia del récord de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado.

2. Examen Electromiográfico y de Conducción Nerviosa de extremidades inferiores del 9 de julio de 1994. Resultados normales.

3. CT Scan cerebral y cervical del 22 de septiembre 1994.

Negativo.

4. MRI lumbar del 7 de octubre de 1994 Status post laminectomy, L4-L5 Bulging annulus L5-S1 y L2-L3, Afinamiento de Espacio intervertebral

y desicación a nivel L2-L3, L4-L5 y L5-S1.

5. MRI lumbo sacral del 30 de Julio de 1997. Múltiples abultamientos discales

concéntricos y Espondilosis.

6. Informe de Evaluación de lncapacidad Psiquiatrica

preparado por la Psicóloga Dra. Beatriz Trujillo del 8 de febrero del 2000. Encuentra que el estatus mental del paciente en cuanto a su aspecto, conducta, orientación, percepción, intelecto, memoria, juicio e introvisión son NORMALES. Sólo encuentra leve afectación en su afecto, talante y pensamiento.

7. Evaluación Psiquiátrica efectuada por el Dr. Alberto

G. Grana el 1 de mayo de 2001. Reseña visitas previas el 21 de enero, 5 de febrero y 12 de noviembre de 1999. Paciente que no ha tenido hospitalizaciones.

Alerta, cooperador y espontáneo. Coherente, relevante y lógico. Buen contacto con Ia realidad. Afecto adecuado. Orientado en persona, lugar y tiempo. Memorias conservadas. Juicio conservado, atención adecuada. No hace tareas del hogar. Ve televisión, lee la Biblia y va a las tiendas. Diagnóstico: Depresión Mayor Recurrente. Capacitado para manejar sus bienes.

8. Cuestionario Psiquiátrico preparado por el Dr. Hazel

A. Toledo el 13 de mayo de 2002. Paciente se presenta adecuadamente vestido y aseado. Se muestra cooperador y franco, con tono de voz adecuado. Actividad psicomotora normal. Pensamiento lógico, coherente y relevante. Orientado en persona, lugar y tiempo. No pensamientos suicidas, homicidas, ni alucinaciones visuales o auditivas. Ánimo depresivo. Memorias inmediata y reciente conservadas. Juicio adecuado, introvisión

superficial. Atención disminuida. Capaz de administrar sus fondos. Diagnóstico: Depresión mayor.

9. Revisión de Expediente realizada por el Perito Medico/vocacional del Sistema, José Joaquín López del 8 de agosto de 2002. Tomando en consideración Ia evidencia médica longitudinal del expediente, considera que la condición mental no llena ni iguala los parámetros de severidad contemplados en los Listados de Criterios Médicos para determinación de Incapacidad 12.04, 12.06 ni ningún otro.

10. Evaluación Neurológica efectuada por el Médico Evaluador del Sistema, Dra. Evelyn Rodríguez Aja, el 5 de septiembre de 2002. Paciente se presenta cooperador, atento y espontáneo. Se mantuvo alerta y orientado en persona, lugar y tiempo. Memoria pasada, reciente e inmediata adecuadas, al igual que su afecto. Logró comunicación lógica, coherente y relevante. Cojea de Ia pierna derecha. Utiliza bastón el cual no necesita. Tono muscular normal. No atrofias, edemas ni radiculopatías.

Fuerza muscular 5 de 5 en todo el cuerpo. Reflejos adecuado +2. Lassegue negativo bilateral sentado. Fue capaz de pararse en talón/punta. Leve espasmo lumbar. Tinnel, Phalen y Adson negativos. Hizo movimientos repetitivos con las cuatro extremidades. Diagnóstico: Esguince Lumbar; estatus post laminectomía lumbar por herniación

de disco intervertebral; Bulging

annulus fibroso L2, L3, L4, L5, S1.

11. Revisión Médica de Expediente efectuada por el Médico Asesor del Sistema Dr. F.J. Rodríguez de la Obra, del 8 de octubre de 2002. Tras examinar la totalidad del expediente encuentra que no se documentan atrofias musculares, pérdida de fuerza, radiculopatías, ni déficit sensorial. Concluye que no se llenan ni igualan los requisitos de los Listados de Criterios Médicos para Determinación de Incapacidad 1.05 A, 1.05 C, 1.13, 11.08 ni ningún otro listado especifico.

12. Revisión Mental de Expediente realizada por el Psiquiatra Asesor del Sistema Dr. Alfredo

Hurtado de Mendoza del 9 de enero del 2003. Luego de considerar la evidencia psiquiátrica disponible considera que no se documentan severidades incapacitantes. Señala además, que de la Evaluación Neurológica realizada por la Dra. Evelyn

Rodríguez Aja no se desprende que exista una sintomatología

severa para ocasionar una incapacidad mental. Concluye que no se cumplen los criterios del Listado de...

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