Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Mayo de 2010, número de resolución KLRA201000315

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201000315
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2010

LEXTA20100514-08 AFD Contract Furniture, Inc. v. Junta de Subastas de la Rama Judicial

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

AFD CONTRACT FURNITURE, INC. Recurrente v. JUNTA DE SUBASTAS DE LA RAMA JUDICIAL Recurrida INTEGRATED DESIGN SOLUTION KLRA201000315 Revisión Administrativa Procedente de la Oficina de Administración de Tribunales SOBRE: IMPUGNACIÓN DE SUBASTA FORMAL 10-03F – EQUIPO MODULAR OFICINA DE INSPECCIÓN Y NOTARÍA
Licitador Agraciado

Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo

Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de mayo de 2010.

El 5 de abril de 2010, AFD Contract Furniture, Inc. (AFD), presentó recurso de revisión de la adjudicación de Subasta Formal 10-03F. En dicha determinación, la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), adoptó las recomendaciones del Informe de la Oficina de Asuntos Legales y confirmó la actuación de la Junta de Subastas de la Rama Judicial.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes, CONFIRMAMOS la Resolución recurrida. Veamos.

I

El 18 de junio de 2009, la Junta de Subastas de la OAT

invitó a Subasta Formal 10-03F para la adquisición de Equipo Modular para la Oficina de Inspección de Notarias y Archivo Notarial del Tribunal Supremo. Luego de una reunión de pre-subasta y haber emitido un Aviso de Enmienda I, el 23 de julio de 2009, la OAT

emitió Aviso de Enmienda II, enmendando, en lo pertinente a esta causa, las dimensiones de los libreros a 24” de profundidad y la de los gabinetes superiores (“overhead”) a 15½” como mínimo de profundidad. Apéndice de la parte recurrente, pág. 29.

El 6 de agosto de 2009, tuvo lugar la apertura de la subasta. Cuatro compañías presentaron ofertas, a saber: Modern Office Systems, Inc.; Girard Manufacturing, Inc.; Integrated Design Solutions (IDS) y la recurrente, AFD.

El 5 de octubre de 2009, la Division de Compras de la OAT

presentó un análisis técnico de las propuestas junto con un “Resumen de Ofertas”, así como su correspondiente recomendación. A través de dicho estudio, la Sra. Ivonne Fuster

Berlingeri, Asesora de la OAT, recomendó la adjudicación de la Subasta Formal 10-03F a IDS sobre las tres compañías licitadoras restantes. Informe de Subasta Formal 10-03F, págs. 148-150. Del “Resumen de Ofertas” surge que el costo de la oferta de IDS era de $253,989.78 y la de AFD de $258,260.74; siendo la cotización de IDS

$4,270.96 más económica. Id., pág. 149. El 3 de noviembre de 2009, la Junta de Subastas de la Rama Judicial adjudicó la referida Subasta a IDS por ser el “[p]ostor que mejor cumplió con las especificaciones, requisitos, términos y condiciones para la adquisición del equipo modular que será instalado en la Oficina de Inspección y Notarías, y el Archivo Notarial”, según las exigencias del Reglamento de Subastas de Bienes y Servicios de la Rama Judicial, Artículo XXIII: Normas para la Adjudicación de Subastas, secciones A, B, K y L. Id., págs.

162-164.

Dicha adjudicación fue notificada el 18 de noviembre de 2009, acompañada de los criterios de adjudicación utilizados por la Junta de Subastas. Estos consistieron en la competitividad del precio, la exactitud en el cumplimiento de las especificaciones, términos y condiciones, la habilidad del licitador para realizar los trabajos, el término de entrega más próximo, la responsabilidad económica del licitador y sus experiencias en contratos anteriores, tanto en la Rama Judicial como en entidades gubernamentales, y, la calidad de los bienes y servicios ofrecidos. Notificación de Adjudicación de la Subasta Formal 10-03F, págs.

17-19.

Inconforme con la adjudicación, el 25 de noviembre de 2009, AFD presentó Solicitud de Reconsideración aduciendo que IDS había presentado una oferta de licitación de $4,270.96 más cara que la de AFD, y que IDS había incumplido con los siguientes términos: (1) que según requerimientos de la Junta de Subastas, los libreros requieren una profundidad de 24” y la oferta de IDS se limitó a 18”; (2) que según el plano, los gabinetes superiores deberían guardar un mínimo de profundidad de 15½ y el modelo presentado por IDS

cotizó 15”; (3) que IDS no incluyó cerradura de llave y sistema de goznes neumáticos para los gabinete superiores; (4) que el Sistema Modular de Paneles de IDS no contiene la cantidad de amperes para su funcionamiento; (5) que IDS no incluyó propuesta para “llave maestra”; (6) que no cumplió con el requisito de fabricar ella misma los componente modulares del sistema de panel; y (7) que IDS no cotizó una pared con sistemas modulares para el Negociado de Solución de Conflictos. Solicitud de Reconsideración de AFD, págs. 1-7. Así las cosas, el 21 de diciembre de 2009, la OAT emitió Orden para requerirle a la Junta de Subastas y a IDS

respectivamente, que presentaran Informes detallando su posición en torno a los argumentos planteados por AFD en su Solicitud de Reconsideración.

El 30 de diciembre de 2009, IDS

compareció expresando su oposición a la Reconsideración

y AFD replicó el 5 de enero de 2010. El 24 de marzo de 2010, luego de evaluar los criterios utilizados para la adjudicación, la Directora Administrativa de los Tribunales dictó Resolución adoptando el Informe de la Asesora Legal de la OAT y desestimando la moción de reconsideración presentada por AFD.

Inconforme, AFD acude ante nos señalando1:

PRIMER ERROR:

Erró la Directora Administrativa de la Oficina de Administración de los Tribunales, Hon. Sonia Ivette Vélez Colón, al emitir una Resolución acogiendo el informe y recomendaciones de la Oficina de Asuntos Legales de la Administración de Tribunales, el cual recomendaba desestimar la moción de reconsideración

presentada por la recurrente AFD y por ende confirmar la adjudicación de la subasta al licitador agraciado. Al así hacerlo violentó las disposiciones del...

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