Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Mayo de 2010, número de resolución KLAN201000478
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201000478 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2010 |
LEXTA20100524-03 Disquevestment
Group, Inc. v. Sociedad Supermercados Econo.
| | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Civil Núm.: FAC1999-0238 (402) Sobre: ACCIÓN CIVIL |
Panel integrado por su presidente el juez Miranda De Hostos, el juez Escribano Medina y el juez Bermúdez Torres
S E N T E N C I A
En San Juan, Puerto Rico, a 24 de mayo de 2010.
El 1 de agosto de 1994, mediante Contrato de Arrendamiento Unificado, Diquevestment Group, Inc. (Diquevestment), arrendó a la Sociedad Supermercado Econo Rial (Econo Rial), un espacio comercial localizado en el Canóvanas Shopping Center, para la operación de un supermercado. Posteriormente, el 24 de enero de 1995, las partes enmendaron el Contrato para incluir como parte del área arrendada, el pasillo localizado frente al establecimiento.
El 28 de julio de 1997, un fuego destruyó entre otros locales, el arrendado por Econo-Rial. En abono por los daños
sufridos a consecuencia del fuego y para la reconstrucción del centro comercial, National Insurance Company efectuó varios pagos ascendentes a $1,713,000.000. Posteriormente, el 27 de abril de 1998, Dames Moore Lebrón L.L.P., en representación de Diquevestment, presentó ante la Administración de Reglamentos y Permisos (A.R.P.E.) la solicitud del permiso del proyecto de reconstrucción del mencionado centro comercial. Aprobado el mismo, el 12 de mayo de 1998, Diquevestment
y Technical Construction of P.R., Inc., suscribieron un contrato de construcción. Los trabajos de construcción, comenzados el 22 de mayo de 1998, terminaron el 26 de mayo de 1999. En el ínterin, el 20 de noviembre de 1998, National Insurance
Company pagó a Diquevestment
$350,000.00 por concepto de interrupción de negocio como resultado del fuego.
El 26 de mayo de 1999, Diquevestment, Technical Construction of P.R., Inc., y el inspector del proyecto, suscribieron documento de cumplimiento sustancial
de la obra.
Durante las obras de reconstrucción, el 29 de mayo de 1998, Diquevestment
presentó Demanda contra Econo Rial; José Rial; Antonio Pérez, Jacqueline
Estrada y la Sociedad Legal de Gananciales constituida por ambos; Seguros Triple S; National Insurance
Company y Compañías Aseguradoras A, B y C (Econo Rial y otros), ante el Tribunal de Primera Instancia reclamando daños y perjuicios ocasionados por el incendio ocurrido en el 1997. Econo Rial y otros presentaron su contestación a la Demanda y Reconvención en septiembre de 1998. Alegaron que el incendio había sido ocasionado por el incumplimiento negligente del contrato suscrito por la demandante, Diquevestment. Así las cosas, el 21 de octubre de 2003, Diquevestment presentó una Segunda Demanda Enmendada en la que reclamó las rentas dejadas de percibir previo al vencimiento del contrato de arrendamiento mediante el cual Econo Rial y otros, ostentaban la posesión del local en cuestión.
Mediante orden emitida por el Tribunal, las reclamaciones presentadas por Diquevestment
fueron bifurcadas a los efectos de atender primeramente las reclamaciones de naturaleza extracontractual y posteriormente las de naturaleza contractual. Luego de varios trámites procesales, Econo Rial y otros, presentaron su contestación a la Demanda Enmendada, nueva reconvención contra Diquevestment, así como Demanda contra Tercero contra National Insurance Company, en calidad de aseguradora de Diquevestment.
Posteriormente, el 7 de abril de 2006, Econo Rial y otros, presentaron Demanda contra Tercero contra Lebrón & Asociados (actualmente Dames
& Moore), luego de obtener información durante el descubrimiento de prueba que le imputaba a ésta responsabilidad por las pérdidas reclamadas en la Demanda Enmendada. El 27 de junio de 2006, Dames & Moore contestó la Demanda contra...
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