Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Mayo de 2010, número de resolución KLCE201000647
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201000647 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2010 |
OSSAM CONSTRUCTION, INC. | | Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm.: KAC2009-0965 Sobre: Incumplimiento de Contrato;, Cobro de dinero y Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo
Irizarry
Per Curiam
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de mayo de 2010.
Comparece ante nos Alturas del Bosque S.E. para solicitar que revoquemos una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (Hon. Georgina
Candal Segurola, Jueza), el 12 de abril de 2010 y notificada el día 20 de ese mismo mes y año. Por medio de ésta, el T.P.I. señaló una vista para emitir una orden para asegurar el cumplimiento con el laudo de arbitraje a ser emitido, a tenor con el Artículo 19 de la Ley de Arbitraje, 32 L.P.R.A. sec.
3219.
Por los fundamentos que a continuación expondremos, se deniega la expedición del auto de certiorari.
El 16 de marzo de 2006, Ossam Corporation, Inc. (Ossam) presentó una demanda ante el T.P.I. contra la peticionaria sobre incumplimiento de contrato, cobro de dinero y daños y perjuicios. De la demanda surge que, en virtud de un contrato de obra suscrito entre las partes, Ossam
se comprometió a llevar a cabo la construcción del proyecto de viviendas conocido como Alturas del Bosque, Inc. durante la construcción del referido proyecto surgieron varias controversias y reclamaciones entre la partes. Contra dicha demanda, la peticionaria presentó una solicitud de desestimación bajo el fundamento de que el contrato entre las partes contenía una cláusula de arbitraje, la cual requería que antes de iniciar dicho procedimiento, la parte demandante tendría que cumplir con dos condiciones, las cuales, a esa fecha, no se habían cumplidos.
Ossam, por su parte, presentó oposición a la desestimación y solicitó una vista de orden para la conservación de la propiedad en aseguramiento de un futuro laudo, de conformidad con el Artículo 19 de la Ley de Arbitraje, supra. Como fundamento a su solicitud, indicó que, si bien es cierto que las partes acordaron que las controversias surgidas como consecuencia del contrato de obra serían sometidas a un...
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