Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2010, número de resolución KLRA20090961

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20090961
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Junio de 2010

LEXTA20100630-32 Emanuel Vending v. Junta de Subastas Formal Universidad de P.R. en Humacao

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE HUMACAO

PANEL ESPECIAL

EMANUEL VENDING Recurrente
v.
JUNTA DE SUBASTA FORMAL UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO EN HUMACAO, UNIVERSIDAD DE PUERTO EN HUMACAO
Recurridos
KLRA20090961
Revisión administrativa procedente de la Universidad de Puerto Rico en Humacao Sobre: Impugnación de Subasta Subasta Núm.: 260000080

Panel integrado por su presidente el Juez Cabán García, el Juez Aponte Hernández

y la Jueza Cintrón Cintrón.

Cabán García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a de junio de 2010.

Emanuel Vending

(Recurrente) nos solicita la revisión de la resolución emitida por el Panel de Reconsideración de Subastas de la Universidad de Puerto Rico (Panel de Reconsideración), el 16 de septiembre de 2009, notificada a las partes el mismo día, por entender que la notificación de adjudicación de subasta no cumplía con los criterios legales y reglamentarios y por considerar que, conforme a la práctica institucional, procedía la extensión de su contrato por un término adicional.

La Junta de Subastas de la Universidad de Puerto Rico (Junta de Subasta) y Coca Cola Puerto Rico Bottlers (Coca Cola), por su parte, se oponen a la revisión por considerar que no existía obligación alguna de extender el contrato del Recurrente, ni impedimento legal para la celebración de una subasta.

Examinado el expediente del caso y con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, el recurso quedó sometido para adjudicación.

I.

Durante el 2006, la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Humacao (UPR-H), publicó una invitación a subasta para la concesión de servicios de máquinas expendedoras, Subasta Núm. S07-0010. La subasta en cuestión fue celebrada el 15 de diciembre de ese año, siendo la compañía Emanuel

Vending (Recurrente) el mejor postor. No obstante, la Junta de Subastas de la UPR-H adjudicó la buena pro a Coca Cola Puerto Rico Bottlers (Coca Cola). Inconforme con el resultado, el 6 de febrero de 2007, el Recurrente apeló ante la Rectora de la UPR-H. El 12 de febrero de 2007, la Rectora dejó sin efecto la determinación por no haberse expresado las razones o fundamentos para adjudicar la subasta impugnada a Coca Cola y por no expresarse los términos disponibles para la correspondiente reconsideración y revisión judicial.

El 23 de febrero de 2007, la Junta de Subasta adjudicó nuevamente la subasta a Coca Cola. Ante este nuevo resultado, el Recurrente presentó una segunda apelación ante la Rectora y, posteriormente, ante la Oficina del Presidente de la Universidad de Puerto Rico. Así las cosas, en la vista sobre el estado de los procedimientos, las partes llegaron a un acuerdo transaccional, el cual fue acogido favorablemente por el Presidente de la Universidad de Puerto Rico. Entre los acuerdos sometidos, se dejó sin efecto la subasta, se acordó establecer nuevos criterios en el pliego y especificaciones de subasta y se estableció que la nueva subasta se celebraría en o antes del 31 de octubre de 2007.

Luego de varios incidentes procesales, durante el 2008, la UPR-H publicó un anuncio en la prensa para convocar a una subasta sobre concesión de servicios de máquinas expendedoras en dicha institución, Subasta Núm. S07-0042. El 10 de abril de 2008 se llevó a cabo la reunión presubasta, participando en la misma la Recurrente y Coca Cola, entre otros. Posteriormente, la subasta le fue adjudicada al Recurrente, emitiéndose el Aviso de Adjudicación de Subasta S07-0042 el 12 de mayo de 2008. El 4 de junio de ese año, las partes suscribieron un contrato con los términos y condiciones acordados para la prestación de servicios de las máquinas expendedoras en cuestión. Véase, Recurso de Revisión de Decisión Administrativa, Apéndice I, págs.

14-23.

Próximo a vencerse el contrato suscrito entre las partes, la UPR-H publicó un nuevo aviso de Invitación a Subasta para la concesión de servicios de máquinas expendedoras para el año fiscal 2009-2010, Subasta Núm. 260000080, disponiéndose que la celebración de la presubasta tendría lugar el 28 de abril de 2009 y la subasta se realizaría el 5 de mayo del mismo año. Ante la publicación de dicho anuncio, el 23 de abril, el Recurrente se comunicó con la Rectora del Recinto, Sra. Hilda M. Colón Plumey, para cuestionar e impugnar la celebración de dicha subasta por ser contraria a la práctica administrativa de la institución. En dicha comunicación éste cuestionó el que su contrato tuviese vigencia de un solo año cuando los demás recintos universitarios concedían términos...

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