Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2010, número de resolución KLCE201000649

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201000649
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Junio de 2010

LEXTA20100630-58 Bristol-Myers Squibb Holding Pharma LTD . V. Davison

Well Drilling, LTD

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL XI

BRISTOL-MYERS SQUIBB HOLDINGS PHARMA LTD. LIABILITY COMPANY Peticionaria
v.
DAVIDSON WELL DRILLING, LTD., ABC INSURANCE COMPANY, XYZ INSURANCE COMPANY Recurridos
KLCE201000649
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Areciabo Caso Núm. CAC2009-903 Sobre: Incumplimiento de Contrato

Panel integrado por su presidente el Juez Aponte Hernández, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Cordero Vázquez y el Juez Cabán García. La Jueza Cintrón Cintrón

no interviene.

Cabán García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2010.

Bristol-Myers Squibb Holdings

Pharma, LTD. Liability Company (BMS Holding), nos solicita la revisión de la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Arecibo, el 7 de abril de 2010, archivada en autos y notificada a las partes al día siguiente. Mediante dicha Resolución, el Tribunal declaró No Ha Lugar la moción en oposición a la solicitud para acumular la compañía matriz, Bristol-Myers

Squibb Co. (BMS Co./compañía matriz), en el pleito como parte indispensable. Argumenta BMS Holding que BMS Co. no formó parte de la contratación ni asumió obligación alguna, por lo que no podía ser considerada como parte indispensable. Asimismo, sostiene que el señor Glenn Gerecke, Vicepresidente de BMS Holding, no tenía autoridad para contratar en representación de la compañía matriz.

Por los fundamentos que expondremos a continuación y con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, denegamos el auto de Certiorari.

I.

Durante junio de 2005, BMS Holding llevó a cabo un proceso de solicitud de propuestas con varios licitadores para el proyecto de excavación y construcción de un nuevo pozo de producción en el acuífero de agua dulce artesiano inferior (lower freshwater artesian aquifier), un pozo superior de monitoreo de agua dulce y salada (upper saltwater/freshwater monitoring well) y un sistema de protección catódica (cathodic protection system). El 19 de diciembre de 2005, el proyecto le fue otorgado a Davidson Well

Drilling, LTD. (Davidson), firmando un acuerdo, denominado Builder Agreement, conforme al cual, Davidson realizaría la obra en cuestión por el precio determinado de dos millones ciento treinta y ocho mil quinientos noventa y cinco ($2,138,595).

Posteriormente, por virtud del Amendment No. 1 to

Builder Agreement Between Davidson Well Drilling Limited

& BMS Holdings Pharma Ltd. Liability Company, las partes enmendaron el contrato para establecer, entre otras cosas, una nueva fecha de comienzo y terminación del proyecto. A tenor con estos términos, el costo del proyecto ascendería a tres millones quinientos treinta y cinco mil cuarenta y un dólares ($3,535,041).

Así las cosas, el 30 de marzo de 2009, BMS Holding presentó demanda contra Davidson

por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios. Conforme a sus alegaciones, Davidson incumplió con su obligación de excavar a través de la capa de depósito de cibao (mudstone) presente en el subsuelo del proyecto, tal y como disponían los parámetros contractuales. Véase Solicitud de Certiorari, Apéndice 1, a las págs.

3-4. Asimismo, sostuvo que Davidson no utilizó personal capacitado y que el equipo y materiales empleados en el proyecto eran inadecuados, incompatibles e inconsistentes con las especificaciones provistas en la propuesta de servicios que éste le presentó a BMS Holding.

El 21 de agosto de 2009, luego de solicitar varias prórrogas, Davidson presentó su contestación a la demanda y, a su vez, una reconvención, por entender que fue BMS Holding quien incumplió con los acuerdos contractuales. Ese mismo día, Davidson también solicitó unir a la compañía matriz como parte indispensable, ello al amparo de las Reglas 11.8 y 16 de Procedimiento Civil. Véase Solicitud de Certiorari, Moción para Unir Parte Indispensable Bajo las Reglas 11.8 y 16 de Procedimiento Civil, Apéndice 5, págs.

37-64. Argumentó que, aunque BMS Holding...

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