Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Julio de 2010, número de resolución KLAN201000776

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201000776
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2010

LEXTA20100707-05 Vázquez Badillo v. ELA de P.R.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

PANEL VIII

ISAÍAS VÁZQUEZ BADILLO Apelado v. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Apelante KLAN201000776 A P E L A C I Ó N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS Caso Núm. ADP2006-0120

Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda De Hostos y los Jueces Escribano Medina y Bermúdez Torres

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 7 de julio de 2010.

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA) acude ante este foro apelativo de una sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, que declaró con lugar una demanda en daños por violación a derechos civiles instada en su contra.

Alega en síntesis el ELA que el foro de instancia incidió al responsabilizarle vicariamente por la alegada omisión negligente de no entrenar apropiadamente al ex agente Antonio Miranda Valentín en cuanto a las técnicas para efectuar arrestos y al uso de armas de fuego, a pesar de no haberse presentado prueba al respecto y que la conducta de su funcionario fue intencional e imprevisible.

Considerado el recurso presentado y su oposición, se modifica el dictamen emitido por el foro de instancia a fin de revocar en cuanto a la responsabilidad civil del ELA y se confirma sobre los demás extremos, por los siguientes fundamentos de derecho. Veamos.

I

Como primer asunto a exponer, el demandante aquí apelado Isaías Vázquez Badillo falleció en el 2009 por razones totalmente ajenas a los hechos del presente caso. Ahora bien, los hechos del presente pleito, según determinados por el foro de instancia, se iniciaron el 2 de octubre de 2004 a las 2:00 de la madrugada, cuando el apelado Vázquez Badillo, se encontraba en la Playa Crashboat de Aguadilla compartiendo con varios amigos. El apelado portaba un arma de fuego de manera ilegal e hizo un disparo al agua con la misma. Entre las personas que se encontraban en las cercanías a esa hora, estaba el agente de la Policía Antonio Miranda Valentín, el cual vestía de civil y estaba acompañado de otro varón. Que dicho agente se identificó como agente de la policía, a pesar que no mostró identificación alguna al apelado.

El agente Miranda Valentín le requirió al apelado Vázquez Badillo

que le entregara el arma, si había sido él quien había disparado. El apelado con las manos en alto le pedía que no le disparara, que si era Policía le mostrara la placa o llamara al cuartel para que enviaran una patrulla. Mientras tanto, el agente insistía en que le entregara el arma y que “contaría hasta tres”; que si le entregaba el arma lo dejaría ir. El acompañante le decía al agente que si le iba a disparar le tirara a las piernas.

Según testificó el apelado Vázquez Badillo, éste nunca había interactuado

con el agente ni había hablado con él aunque sí le había visto anteriormente.

El agente Miranda Valentín no utilizó los medios adecuados para arrestar al apelado y sin mayores consideraciones le hizo varios disparos con su arma de reglamento, alcanzándolo en diferentes partes del cuerpo. El apelado resultó con heridas en su brazo derecho y en ambas piernas, lo cual requirió ser trasladado al Hospital Buen Samaritano de Aguadilla, y de allí al Centro Médico de Río Piedras en ambulancia aérea esa misma noche.

Por tales eventos, Vázquez Badillo fue sometido a intervención quirúrgica para la extracción de los proyectiles, igualmente se le instalaron tornillos y placas de metal para su recuperación. Permaneció hospitalizado durante ocho (8) días hasta que fue dado de alta. Eventualmente sufrió una caída en el hogar y tuvo que ser sometido a una segunda operación en el Hospital Buen Samaritano, en donde sacaron hueso de su cadera para reemplazar la placa de metal de su brazo.

A la fecha del juicio, aún presentaba limitación en su movilidad, sufría dolores y utilizaba medicamentos. Todavía su cuerpo presentaba cicatrices de las heridas y del tratamiento.

El agente Miranda Valentín fue expulsado de la Policía de Puerto Rico y acusado por el delito de tentativa de asesinato y Ley de Armas. El referido delito fue recalificado a uno de agresión agravada. El apelado fue acusado por infracción a la Ley de Armas, registró alegación de culpabilidad y cumplió en libertad a prueba su sentencia. (Ap. XV, págs. 191, 357-358.)

Según determinó el foro de instancia, el apelado no podía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR