Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Agosto de 2010, número de resolución KLCE201000666
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201000666 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Agosto de 2010 |
| | APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil Núm.: ECD2002-0679 SOBRE: Cobro de Dinero |
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, el Juez Soler Aquino y la Jueza Carlos Cabrera.
Carlos Cabrera, Carmen Hilda, Jueza Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de agosto de 2010.
Comparece la Autoridad de Energía Eléctrica (la
de la que se recurre, el TPI aludió a la Orden anteriormente dictada y ordenó a First Medical a emitir los pagos directamente a la Escuela de Medicina San Juan Bautista y a San Juan Bautista Medical Center.
Por los fundamentos que se exponen a continuación, se desestima el recurso de Certiorari presentado por falta de jurisdicción.
El 2 de mayo de 2002 la Autoridad de Energía Eléctrica presentó una demanda contra de la Escuela de Medicina San Juan Bautista para el cobro de unas facturas adeudadas por concepto de servicios de electricidad. Las partes llegaron a un acuerdo transaccional que fue acogido por el TPI mediante la Sentencia del 22 de enero de 2003, notificada el 20 de marzo de 2003. Mediante la aludida estipulación la Escuela de Medicina se comprometió a emitir unos pagos a plazos hasta la satisfacción total de la deuda. El acuerdo contemplaba la posibilidad de que, en caso de incumplimiento de la Escuela de Medicina con la estipulación, ésta cedería la facturación de los planes médicos de las compañías aseguradoras Cruz Azul, Triple S y/o ACAA.
Tras la presentación por parte de la
presentó una solicitud de ejecución de sentencia mediante embargo de cualesquiera cantidades que un tercero adviniese
obligado a pagar a la Escuela de Medicina. Mediante la Orden del 28 de junio de 2005, notificada el 5 de agosto de 2005, el TPI decretó la ejecución de la sentencia, pero denegó la solicitud de suspensión del suministro de energía eléctrica. De esa denegatoria solicitó reconsideración la
acudió ante este Foro en el caso Autoridad de Energía Eléctrica v. Escuela de Medicina de San Juan Bautista, KLAN0501074. El Panel que atendió el caso denegó el recurso presentado1. No obstante, ante el planteamiento de la Escuela de Medicina de que había errado el TPI al emitir una Orden de ejecución de...
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