Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Septiembre de 2010, número de resolución KLCE201001311

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201001311
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2010

LEXTA20100922-02 Pueblo de P.R. v. Mercado Ruiz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN, PANEL IV

El Pueblo de Puerto Rico
Recurrido
v. Félix Manuel Mercado Ruiz
Peticionario
KLCE201001311 CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Superior de Caguas Sobre: Regla 192.1 R.C.P. Caso Núm. E V11991 G 0059

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo Irizarry.

Per Curiam

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de septiembre de 2010.

Comparece pro se el 30 de agosto de 2010 y en manuscrito de 9 páginas el Sr. Félix Manuel Mercado Ruiz (Sr. Mercado) e informa como sigue:

Que está confinado en el Anexo 296, Máxima Seguridad de Guayama, cumpliendo sentencia de 99 años por Asesinato en Primer Grado, conforme a Sentencia dictada el 22 de octubre de 1991 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas

(TPI). (Anejo 5).

Según consta de la Minuta del 27 de octubre de 1991:

…por los delitos de: Ases. en Primer Grado, en la causa EVI91G0081, eliminando la reincidencia a todos los casos, Tent. de Ases., EVI91G0082, Infr. Art. 173 del Código Penal, en las causas:

EPD91G0548, 0549, Robo, EPD91G0541, Infr. Art. 8 de la Ley de Armas, ELA91G0535 al ELA91G0537 y ELA91G0510, ELA91G0511 y ELA91G0089, ELA91M0004, Infr.

Art. 6 (menos grave) y 6 (secc. 427) de la Ley de Armas, en las causas ELA91G0538 al ELA91G0540, ELA91G0512 y ELA91G0513.

En cuanto a: FELIX MANUEL MERCADO RUIZ, Ases. en Primer Grado, en la causa EVI91G0059, Tent. Ases., EVI91G0060, Infr. Art. 6 (sec. 427) de la Ley de Armas, en las causas: ELA91G0385 al ELA91G0387 en Infr. Art. 8 de la Ley de Armas, en las causas ELA91G0388 al ELA910390.

En cuanto a los casos de Robo, EPD91G0425 y 0426, los Fiscales solicitan el Archivo en virtud del pre-acuerdo.

Advertido los acusados de todos sus derechos, el Tribunal entiende que la confesión de culpabilidad es libre, espontánea, voluntaria e inteligente, por lo que la acepta y en su consecuencia declara a: JOSÉ RODRÍGUEZ COLLAZO Y FÉLIX MANUEL MERCADO RUIZ culpables y convictos de los delitos de: Ases. en Primer Grado, en la causa EVI91G0081, Tent. de Ases., EVI91G0082, Infr. Art. 173 del Código Penal, en las causas: EPD91G0548, EPD91G0549, Robo, EPD91G0541, Infr. Arts. 8 Ley de Armas, en las causas ELA91G0535 al ELA91G0537, ELA91G0510, ELA91G0511, ELA91G0089, Infr. Art. 6 (menos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR