Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Septiembre de 2010, número de resolución KLCE201000941

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201000941
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2010

LEXTA20100923-06 New Hampshire

Insurance Co. v. García Passalacqua

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

NEW HAMPSHIRE INSURANCE CO.; AMERICAN INTERNATIONAL INSURANCE OF PUERTO RICO Demandantes-Recurridos v. LUIS M. GARCÍA PASSALACQUA, ET AL Demandados-Peticionarios KLCE201000941 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm. KPE2003-0724(506) SOBRE: REMEDIO PROVISIONAL, COBRO DE DINERO E INDEMNIZACIÓN

Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, la Juez Colom García y el Juez Vizcarrondo Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de septiembre de 2010.

Comparecen Miramar

Construction Co., Inc., el ingeniero Luis García Passalacqua, su esposa Margarita Juárez Iturregui, el ingeniero José Berríos, su esposa Carmen Reilova, y sus respectivas sociedades legales de gananciales, denominados conjuntamente en lo sucesivo como Miramar Construction, y nos solicitan la revisión de la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan el 24 de mayo de 2010. En la misma, dicho foro denegó una solicitud de consolidación presentada por los peticionarios.

Por los fundamentos que expondremos, denegamos la expedición el auto de certiorari solicitado. Exponemos.

I

El 3 de abril de 2003, New Hampshire

Insurance Co., Inc., y American International Insurance Company of Puerto Rico, en adelante NHI y AIICO respectivamente, presentaron una demanda sobre incumplimiento de contrato, daños y perjuicios en contra de Miramar Construction.1 En la misma, dichas compañías alegaron haber suscrito varios contratos de fianza para asegurar el pago y cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el negocio de construcción de la parte peticionaria. De igual manera, alegaron haber desembolsado sobre $26,500,000.00 como consecuencia de la prestación de las referidas fianzas de construcción. NHI y AIICO solicitaron el reembolso de dicha cantidad más una indemnización de sobre $7,900,000.00 por los alegados daños que les causó Miramar

Construction al realizar transacciones en perjuicio de sus intereses.2

Por su parte, Miramar Construction

solicitó la desestimación de la referida demanda el 9 de abril de 2003. En esa fecha, dicha parte también presentó una demanda sobre incumplimiento de contrato, daños y perjuicios en contra de NHI y AIICO, entre otras compañías de seguro.3 En la misma, alegó que NHI y AIICO tomaron el control de las operaciones diarias de su negocio de construcción sin su consentimiento. Miramar Construction

solicitó una indemnización de sobre $115,000,000.00 por los alegados daños que le causaron las referidas actuaciones de NHI y AIICO.

Luego de varias incidencias procesales, las cuales incluyeron varias enmiendas a la demanda instada por NHI y AIICO, el 13 de noviembre de 2008 el tribunal recurrido emitió una resolución en la cual ordena a las partes a ofrecerle tres candidatos para nombrar uno de los mismos como Comisionado Especial. En dicha resolución, el tribunal indica que en el caso instado por Miramar Construction…está trabada una controversia similar a la del presente caso, nacida de la misma relación contractual objeto del presente pleito, con la diferencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR