Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Septiembre de 2010, número de resolución KLRA201000535

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201000535
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2010

LEXTA20100923-08 Rolón Vélez

v. Rodríguez Cruz

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

GERARDO ROLÓN VÉLEZ Querellante-recurrido v. ROBERTO RODRÍGUEZ CRUZ, ROBERTO RODRÍGUEZ CRUZ, INC. Querellados-recurrentes KLRA201000535 Revisión Judicial Procedente de la Administración de Reglamentos y Permisos CASO NÚM. 09QU2-CET00-07226 SOBRE: REVOCACIÓN DE PERMISO

Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo

Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de septiembre de 2010.

Comparece el Sr. Roberto Rodríguez Cruz y Roberto Rodríguez Cruz Inc., en adelante querellados-recurrentes, y presentan un recurso de Revisión Judicial solicitando revisión de una Resolución final emitida el 30 de abril de 2010, por la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE). En dicha Resolución la agencia declaró ha lugar una querella incoada por el Sr. Gerardo Rolón Vélez (querellante-recurrido) y revocó el permiso de uso Núm. 07PU2-CET00-00891, para un control de acceso al proyecto Hacienda Portal al Campo, en el Municipio de Aguas Buenas.

I

Hechos Factuales y Procesales

El 13 de octubre de 2009, el Sr. Gerardo Rolón Vélez presentó una querella contra el Sr. Roberto Rodríguez Cruz y Roberto Rodríguez Cruz, Inc., (recurrente) con el propósito de solicitar la revocación del permiso de uso 7PU2-CET00-00891 expedido el 25 de enero de 2008, para un control de acceso al proyecto Hacienda Portal al Campo, localizado en el Municipio de Aguas Buenas, Puerto Rico.

Luego de celebrarse vistas administrativa sobre posible revocación de permiso, el 23 de febrero de 2010, el oficial examinador rindió su informe, el cual fue incorporado íntegramente en la resolución final emitida el 30 de abril de 2010 por la ARPE. En la parte dispositiva de la resolución, se determinó que “se revoca el permiso de uso otorgado, Caso Núm. 07PU2-CET00-00891, expedido el 25 de enero de 2008, toda vez que el permiso no estaba conforme con los planos certificados de acuerdo a los requerimientos por parte de la Autoridad de Carreteras [y…] el proyecto de Ordenanza Municipal Número 6 del Municipio de Aguas Buenas decidió no aprobar el control de acceso”. Apéndice, página 62, recurrente.

El 19 de mayo de 2010, la parte querellada-recurrente

presentó Moción de Reconsideración contra dicha Resolución. Dicha...

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