Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Octubre de 2010, número de resolución KLCE201000922

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201000922
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2010

LEXTA20101018-01 Soto Chabrier v. Rivera, ET ALS .

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIONAL JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

MIGDALIA SARAHI SOTO CHABRIER Demandante Peticionaria v. ZORAIDA RIVERA, ET ALS. Demandados Recurridos KLCE201000922 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan K DP07-0218 (801) Daños y perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez, el Juez Morales Rodríguez y la Jueza Ortiz

Flores

Morales Rodríguez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de octubre de 2010.

La peticionaria Migdalia Soto Chabrier

acude en certiorari de una Resolución que reduce los honorarios de un perito contratado por ella. Argumenta que “no se fundamentó el porqué los honorarios solicitados inicialmente por el perito —$500.00 por hora, con un mínimo de cuatro (4) horas— eran irrazonables”. El 8 de septiembre de 2010 le ordenamos a la jueza del Tribunal de Primera Instancia, Hon. Olga Iris García Vincenty, que de conformidad con la Regla 83.1 de las del Reglamento de este Tribunal, 4 L.P.R.A., Ap.

XXII-B, R. 83.1, elevara una resolución fundamentando el dictamen impugnado. Lo hizo. Indica:

En el caso de autos fue celebrada una vista el 24 de mayo de 2010. Entre varios asuntos, fue discutido nuevamente la capacidad en la que declararía el perito anunciado por la parte demandante, Dr. Eric Adler. La co-demandada UPR, co-demandada que trajo el asunto a la consideración durante la vista, una vez el Tribunal determinó que se reiteraba se le aceptaba como perito de opinión, indicó que los honorarios solicitados por dicho galeno para ser depuesto eran exagerados e irrazonables y que la UPR no consentía a los mismos, por lo que solicitaba al Tribunal, fijara los mismos.

El Tribunal procedió, entonces, a preguntar a la parte demandante si tenía algo que indicar al respecto. Esta última retomó el tema de la capacidad en la que a lo largo del procedimiento había anunciado que testificaría dicho perito. Nada argumentó sobre la razonabilidad de los honorarios solicitados.

Luego de escuchar a las partes extensamente, solicitamos se nos hiciera llegar el Currículum Vitae

del Dr. Eric Adler (perito cuyos honorarios se cuestionan), ya que ninguna de las partes lo había presentado, ni ofrecido. Concedimos a la parte demandante un término para su presentación, no obstante, ésta optó por presentarlo en Sala. Solicitamos...

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