Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Octubre de 2010, número de resolución KLRA201000479

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201000479
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2010

LEXTA20101021-009 Contructora AMR , Inc.

v. Junta de Subastas del Municipio de Juana Díaz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

CONSTRUCTORA AMR, INC.
Recurrente
v.
JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO DE JUANA DÍAZ
Recurrida
KLRA201000479
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Juana Díaz Subasta Núm.: 2009-2010-007-004

Panel integrado por su presidente, el juez López Feliciano, el juez Hernández

Serrano y la jueza Birriel Cardona.

Birriel Cardona, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de octubre de 2010.

Mediante escrito de Revisión Administrativa comparece ante este Tribunal Constructora AMR, Inc. (AMR), y solicita que revisemos la adjudicación de la buena pro realizada por la Junta de Subastas del Municipio de Juana Díaz (el Municipio) el 4 de mayo de2010 a L. Reyes Contractor, S.E.

Considerados los escritos de las partes a la luz del derecho aplicable, procedemos a resolver.

I.

Según surge del expediente, los hechos e incidentes procesales pertinentes para disponer del presente recurso se resumen a continuación.

El 11 de febrero de 2010 el Municipio publicó en el periódico Primera Hora el Aviso de Subasta 2009-2010-007, consistente en cuatro (4) proyectos independientes. En particular, nos ocupa el Proyecto #004 para la Construcción de la Nueva Pista Atlética.

El 15 de marzo de 2010 se celebró la subasta formal para el mencionado Proyecto. El4 de mayo de 2010 el Municipio emitió el aviso de adjudicación, en el cual informó que la subasta le había sido adjudicada a la empresa L.Reyes Contractor, S.E. por la cantidad de $1,862,235.00.

Inconforme con dicha determinación AMR acudió ante nos planteando la comisión del siguiente error:

Erró la recurrida Junta de Subastas del Municipio de Juana Díaz al no adjudicar la subasta a favor de la recurrente Constructora AMR, Inc. a pesar de haber sido el licitador que cumplió con todos los términos y especificaciones de la subasta que presentó la oferta económica más baja, tanto para la propuesta base, como para la alterna.

Consecuentemente, AMR nos presentó una Moción Urgente Solicitando Orden en Auxilio de Jurisdicción. Atendida la misma, se ordenó al Municipio la paralización de todos los trámites relacionados a la subasta, incluyendo el otorgamiento

del contrato sobre el proyecto hasta que se resuelva el presente recurso.

II.

Evaluados...

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