Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Octubre de 2010, número de resolución KLAN201001206

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201001206
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2010

LEXTA20101022-004 Firstbank of P.R. v. Torres Caratini

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

FIRSTBANK OF PUERTO RICO
Apelante
v.
JORGE TORRES CARATINI
Apelado
KLAN201001206
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm. K CD2009-3291 Sobre: Cobro de Dinero Y Ejecución de Hipoteca por la vía ordinaria

Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo Irizarry

Colom

García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de octubre de 2010.

Comparece ante nos FirstBank Puerto Rico, (FirstBank) solicitando que se revoque la Sentencia Sumaria dictada el 2 y notificada el 21 de julio de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI).

La Sentencia Sumaria declaró con lugar la demanda presentada por FirstBank contra el Sr. Jorge Torres Caratini, (Sr. Torres) en el caso Civil Núm. KCD2009-3291 (506) condenándolo a pagar la suma de $530,371.29 de principal e intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 6% anual desde

el 30 de junio de 2009 hasta el 2 de julio de 2010 y $40,000.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado.

I

Conforme los hechos que informa esta causa, el 26 de agosto de 2009, FirstBank

presentó la acción de cobro y ejecución de hipoteca de autos en la que reclamaba al Sr. Torres el pago de $530,371.29 de principal mas los intereses vencidos que al 30 de junio de 2009, ascendían a $13,096.55 calculados al tipo pactado de 6% anual y los que se continúen acumulando hasta el pago total y completo de la obligación; cargos por demora vencidos por la cantidad de $689.48; $390.83 por “escrow” negativo, etc. y la suma de $57,500.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado.

Luego de varios trámites procesales innecesarios aquí pormenorizar, el TPI dicto Sentencia Sumaria a favor de FirstBank el 2 de julio y se archivó en autos copia de su notificación el 21 de julio de 2010.

El 4 de agosto de 2010 First Bank

presentó solicitud de reconsideración. Según surge de las propias alegaciones del apelante, el T.P.I. no se ha expresado en torno a la solicitud de reconsideración.

Inconforme con lo determinado, FirstBank acude ante nos en el recurso de apelación y nos plantea que el T.P.I. incidió de la siguiente manera:

Primer Error

Erró el Tribunal de Primera Instancia al aplicar la regla 44.3 de...

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