Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Octubre de 2010, número de resolución KLRA201000711
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201000711 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2010 |
| | Revisión Administrativa procedente del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón SOBRE: SUSPENSIÓN DE PRIVILEGIOS |
Panel integrado por su presidente, el Juez Cabán García, la Jueza Medina Monteserín, la Jueza Cintrón Cintrón y el Juez Saavedra
Serrano. El Juez Saavedra Serrano no interviene.
Medina Monteserín, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de octubre de 2010.
Comparece el señor Cedric Bruce Lugo mediante recurso de revisión, presentado el 8 de julio de 20101. Solicita el recurrente que determinemos si la Resolución dictada por el Oficial Examinador de Vista Disciplinaria es una actuación acertada. La Resolución fue dictada el 31 de marzo de 2010, notificada el 5 de abril de 2010. Mediante la referida Resolución, la Administración de Corrección impuso al recurrente una medida disciplinaria consistente en la suspensión del privilegio de visita por treinta y cinco (35) días. El 20 de abril de 2010 el recurrente presentó moción de reconsideración
que fue acogida y declarada NO HA LUGAR el 19 de mayo de 2010.
El 23 de septiembre de 2010 la Administración de Corrección presentó su alegato en oposición. Perfeccionado el recurso procedemos a la consideración del mismo.
El 28 de febrero de 2010 se suscitó un incidente de violencia en la institución carcelaria
Bayamón 501, en el que resultaron heridos varios confinados. A consecuencia del incidente se le radicaron querellas administrativas a varios confinados identificados como los agresores, entre ellos, el aquí recurrente señor Cedric Bruce Lugo. A éste se le notificaron los siguientes actos prohibidos: agresión o su tentativa, revuelta, motín, insurrección o su tentativa y disturbio (Anejo 4, Alegato en Oposición). La Vista Disciplinaria fue celebrada el 31 de marzo de 2010. El acto prohibido
imputado al señor Lugo en dicha vista fue agresión simple y o su tentativa. El confinado Lugo compareció y no admitió la conducta imputada. Determinó la agencia que el 28 de febrero de 2010 el señor Cedric
Bruce Lugo fue identificado por la persona agredida como uno de sus agresores, quienes empleando fuerza y violencia física lo agredieron casándole daño corporal. Añadió la agencia que la institución notificó el incidente a la Policía de Puerto Rico, radicándose allí la querella por agresión núm.
2010-7-111-3768. Dicha información surge del expediente administrativo de la agencia, en particular la comunicación cursada por el Supervisor de turno al Superintendente de la institución...
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