Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Octubre de 2010, número de resolución KLRA201000722

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201000722
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2010

LEXTA20101029-098 Alvarez Castillo v. Auto Stop, Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ

PANEL IX

JUAN B. ÁLVAREZ CASTILLO
Recurrente
V.
AUTO STOP, INC.; RELIABLE FINANCIAL SERVICES, INC.
Recurrido
KLRA201000722
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm.: 500009417 Sobre: Práctica Engañosa Devolución de Depósito

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de octubre de 2010.

Auto Stop, Inc. (Auto Stop) presentó una revisión administrativa en la que solicitó la revocación de la Resolución emitida el 10 de febrero de 2010, notificada el día 26 de ese mes, por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). Mediante la Resolución, el DACo ordenó a Auto Stop pagar a Juan B. Álvarez Castillo y/o Sarah Pérez Pérez la suma de $4,672, más el interés al tipo legal.

En desacuerdo con la Resolución, Auto Stop presentó el 18 de marzo de 2010 una Moción Solicitando Reconsideración

de Resolución Administrativa. DACo acogió la misma mediante Orden emitida y notificada el 31 de marzo de 2010. Sin embargo, nada dispuso en cuanto a ésta, por lo que el término comenzó a decursar conforme dispone la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), 3 L.P.R.A. secs. 2165 y 2172.

Auto Stop presentó oportunamente el recurso de epígrafe en el que señaló que DACo erró al no resolver la controversia al amparo del Reglamento de Garantía de Vehículos de Motor.

Por su parte, DACo presentó el 20 de septiembre de 2010 una Moción Informativa y Solicitando la Desestimación del Recurso por Falta de Perfeccionamiento en la que adujo que no fue notificada del recurso de revisión presentado por Auto Stop, por lo que solicitó que desestimara el mismo.

El 23 de septiembre de 2010 emitimos una Resolución en la que concedimos a Auto Stop un término para que mostrara causa por la cual no procedía desestimar el recurso. Transcurrido el término concedido, DACo presentó el 18 de octubre de 2010 una Moción Informativa y Solicitando la Desestimación del Recurso por Falta de Perfeccionamiento mediante la cual reiteró que no se le notificó de la presentación del recurso y que Auto Stop no mostró causa por la cual no procedía la desestimación del mismo. DACo

solicitó que este Tribunal desestimara el recurso...

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