Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Noviembre de 2010, número de resolución KLRA200901184

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200901184
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2010

LEXTA20101108-04 Cabrera Auto Group, Inc. v.

Municipio de Barceloneta

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL ESPECIAL

CABRERA AUTO GROUP, INC.
RECURRENTE
v.
MUNICIPIO DE BARCELONETA; LOSADA AUTO TRUCK
RECURRIDOS
KLRA200901184
REVISIÓN ADMINISTRATIVA
procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Barceloneta
Subasta Núm.: 2009-2010 Número 3
Sobre:
Adjudicación de Subasta

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón

Cintrón, el Juez Saavedra

Serrano y el Juez Feliberti Cintrón.

Feliberti Cintrón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de noviembre de 2010.

Cabrera Auto Group, Inc. (Cabrera o el recurrente) solicita mediante el presente recurso administrativo que revisemos la adjudicación de la Subasta Número 3, Serie 2009-2010, Renglón 3, por la Junta de Subastas (Junta) del Municipio de Barceloneta (Municipio) a favor de Losada Auto Truck (Losada).

Por los fundamentos que expondremos a continuación, nos vemos precisados a revocar la adjudicación de la subasta en cuestión.

I

El 15 de agosto de 2009 la Junta publicó el Aviso de Subasta Número 3, Serie 2009-2010 para propuestas a someterse no más tarde del 23 de septiembre de 2009. En el Renglón Núm. 3 de dicho Aviso el Municipio solicitó propuestas para la “Adquisición de 2 Guaguas Cutaway de 30 pies”. Igualmente, se notificó a través del Aviso de una “reunión informativa” a celebrarse en la Casa Alcaldía el 2 de septiembre de 2009. Ap. 1.

La reunión informativa con los licitadores se celebró según pautada.1 La misma fue dirigida por el Presidente Interino de la Junta quien estuvo acompañado por miembros de la Junta, así como varios funcionarios del Municipio entre los que se encontraban el Sr. Melvin Bonet, Director del Sistema de Transporte Colectivo, y el Sr. Alberto

Caragol, Asesor de Programas Federales. También se hallaban presentes el recurrente y Losada, entidad a la que eventualmente se adjudicó la buena pro de la subasta en cuestión. Según consta en el acta correspondiente, durante el transcurso de la reunión los licitadores formularon preguntas relacionadas a las especificaciones aplicables a las guaguas Cutaway. Debido a las dudas surgidas entre los licitadores respecto a las especificaciones de la subasta, se indagó concretamente sobre el número y tipo de asientos que debía tener el vehículo y la capacidad para sillas de ruedas. Reproducimos el intercambio acaecido sobre este particular durante la reunión para mayor claridad:

Licitador: Esa es otra pregunta, 20 sentados a la vez más dos sillas de ruedas.

Sr. Bonet: No, están incluidos los dos asientos de la parte de lateral se reclinan.

Licitador: Tengo una duda para dos posiciones de sillas de ruedas tú necesitas solamente 2 flip-up, aquí pusiste 4.

Sr. Caragol: Sí, son 2 flip-up que caben 2 personas, 4 asientos con 2 flip-up, cada flip-up

de 2 pasa-jeros.

Licitador: Esto es una guagua de 25 pies. Entonces las sillas van [a ser] atrás, estábamos entendiendo que las sillas iban [a ser] al frente.

Sr. Caragol: No, no atrás donde va el elevador van las sillas. Vamos a aclarar entonces que son 2 flip-up, con 4 asientos en total cada uno con 2 asientos. Que quepan 20 pasajeros sentados incluyendo los flip ups. Si hay dos sillas de ruedas ocupando que quepan 16 pasajeros sentados.

Ap. 10-11 (énfasis nuestro).

El 16 de septiembre de 2009 la Junta emitió el Addendum Núm. 1 relacionado a las especificaciones atinentes a la adquisición de las dos guaguas Cutaway

de 30 pies y en lo pertinente a este recurso dispuso lo siguiente en su inciso 7: “16 pasajeros más dos asientos ‘flip up’”. Ap. 126 (énfasis nuestro).

El 22 de septiembre de 2009 el recurrente sometió su propuesta para la subasta en cuestión acompañada de una serie de documentos complementarios entre los que se encontraban una hoja de cotejo en la que se indicaba que el peso total del vehículo era de 14,200 lbs. Ap.

122.

El 8 de octubre de 2009 la Junta le adjudicó la buena pro de la subasta a Losada.2 El precio de la oferta de Losada fue de $70,988.00 por unidad, comparado con los $74,995.00 del recurrente.

La determinación de la Junta se basó esencialmente en la opinión del Sr. Caragol que reproducimos a continuación y la cual se incorporó en la Resolución correspondiente:

La única especificación donde [Losada] no alcanza[] lo solicitado[] es en el número de pasajeros sentados. Se indicó que fueran 16 asientos fijos y 2 sillas de ruedas. En este caso, Lo[s]ada Auto ofrece un solo asiento doble movible e indica que no puede instalar un segundo asiento doble, aunque está dispuesto a entregarlo sin instalar, pues de otra manera, excederían el peso máximo del vehículo (GVW) de 14,200 lbs.

y sería una violación a las medidas de seguridad federal (FMVSS). Corroboré esta información con el informe de “Bus testing” y en efecto es correcto cuando se usa un chasis Chevrolet.

La otra licitación...

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