Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Diciembre de 2010, número de resolución KLCE1001324

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE1001324
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2010

LEXTA20101207-01 Pueblo de P.R. v. Lugo Toro

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE HUMACAO

PANEL ESPECIAL

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. JOSÉ L. LUGO TORO Peticionario KLCE1001324 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao Art. 222 del CP y Art. 3.23 Ley 22 (4 cargos) HSCR2010-00316/00109 al 00112

Panel integrado por su Presidenta, la Jueza Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry.

Coll Martí, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 7 de diciembre de 2010.

Acude mediante petición de Certiorari el Sr. José L. Lugo Toro, representado por la Sociedad para la Asistencia Legal (SAL), y nos solicita la revisión de una Orden del tribunal primario, del 13 de agosto de 2010. En su Orden el foro de primera instancia denegó la solicitud de desestimación de la acusación por infracción al Artículo 222 del Código Penal del 2004, 33 L.P.R.A. § 4850.

I

Los hechos no están en controversia. El peticionario fue denunciado el 22 de enero de 2010

por los delitos graves de falsificación de la licencia de conducir, falsificar certificados y otra documentación y la posesión de éstos, (Art. 222 del Código Penal de 2004, 33 L.P.R.A. § 4850), de posesión y traspaso de documentos falsificados con intención de defraudar, (Art. 224 del Código Penal de 2004, 33 L.P.R.A. § 4852) y por cuatro delitos menos graves por infracción a los incisos (a), (c), (k), y (l) del Artículo 3.23 de la Ley de Vehículos y Tránsito (LVT), 9 L.P.R.A. 5001 y § 5073.

El 2 de marzo de 2010 se llevó a cabo la vista preliminar correspondiente a los delitos graves de falsificación de licencia y de posesión y traspaso de documentos falsificados (Arts. 222 y 224 del CP). Se determinó no causa probable para acusar por el delito de posesión y traspaso de documentos falsificados y causa probable para acusar por el de falsificación de licencia. Se presentó entonces la correspondiente acusación por el delito de falsificación y posesión de licencia del Artículo 222 del Código Penal. Así mismo, se presentaron las acusaciones por los delitos menos graves por infracción a los incisos (a), (c), (k) y (l) del Artículo 3.23 de la LVT.

Celebrada la lectura de acusación, el peticionario presentó una Moción de Desestimación al amparo del debido proceso de ley y principio de especialidad. Se basó esta solicitud en la teoría del peticionario de que como la falsificación y la posesión de una licencia de conducir vehículos de motor está tipificada expresamente en los incisos (c), (k) y...

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