Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Diciembre de 2010, número de resolución KLCE201000951
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201000951 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2010 |
| | CERTIORARI procedente |
Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, el Juez Cordero Vázquez y el Juez Feliberti Cintrón.
Feliberti Cintrón, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 9 de diciembre de 2010.
El peticionario, BT (Recovery), Corp., nos solicita mediante el presente recurso que revoquemos la denegatoria
del Tribunal de Primera Instancia (TPI) a su solicitud para que se le adjudicasen dos propiedades de los recurridos ejecutadas en pública subasta.
Los recurridos no han comparecido, a pesar de haber transcurrido el término dispuesto para ello por este Foro,1 por lo que procedemos a resolver la controversia planteada sin el beneficio de su posición.
Examinado el recurso y los autos del caso, junto al derecho aplicable, procedemos a expedir el auto de certiorari solicitado y revocar la Orden recurrida. Ap. 65.
El 10 de abril de 2002 The Bank
& Trust of Puerto Rico obtuvo una sentencia en rebeldía en un caso de cobro de dinero iniciado contra los recurridos por la cantidad principal de $74,745.48, más intereses, cargos por demora, honorarios de abogado, costas y gastos del pleito.
Eventualmente el demandante original, ya para entonces acreedor por sentencia, fue sustituido por el peticionario mediante Orden emitida por el TPI el 1 de agosto de 2007. Ap. 24 (d).
El 29 de agosto de 2007, a petición del peticionario, el TPI ordenó el embargo en cobro de dinero de dos fincas propiedad de los recurridos, ambas ubicadas en el Barrio Pulguillas de Coamo, Puerto Rico. Ap. 30-31.
El 9 de octubre de 2007, se expidió por la Secretaría del Tribunal el correspondiente Mandamiento de Ejecución de Sentencia en el que se incluyeron las dos parcelas antes mencionadas. Ap.
32-33. Nuevamente, el 3 de marzo de 2010 el TPI expidió una Orden para el embargo y subasta de los bienes de los recurridos, entre los cuales se identificaban las dos parcelas de terreno arriba indicadas. Ap. 41-42.
En el Mandamiento de Ejecución de Sentencia correspondiente, expedido el 4 de marzo de 2010, se le ordenó al Alguacil a que procediera a embargar y subastar bienes de los recurridos suficientes para satisfacer los dineros adeudados conforme la Sentencia dictada en el caso. Nuevamente aparecen allí descritas las dos parcelas sitas en el Barrio Pulguillas. Ap.
43-44.
La primera subasta para la venta de las dos fincas antes mencionadas, ambas inscritas a nombre de los recurridos, tuvo lugar el 12 de mayo de 2010. Aparte de la representación legal...
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