Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Diciembre de 2010, número de resolución KLCE201000983
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201000983 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2010 |
LEXTA20101210-07 Berríos Zayas
v. Berríos
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
AIRÁNGEL BERRÍOS ZAYAS Y OTROS RECURRIDOS V. CARLOS M. BERRÍOS Y OTROS PETICIONARIOS | KLCE201000983 | CERTIORARI procedente |
Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres y el juez Hernández Sánchez
Rivera Román, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 10 de diciembre de 2010.
El señor Carlos Berríos
Rivera nos solicita que revoquemos la orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia mediante la cual se autorizó la expedición de un mandamiento para ejecutar una sentencia dictada el 11 de abril de 1997.
Por los fundamentos que exponemos a continuación, se deniega el recurso de certiorari.
El presente caso tiene una larga trayectoria en los foros administrativos y en los judiciales. Para efectos de nuestra discusión, relataremos los hechos pertinentes que se
relacionan con la controversia ante nuestra consideración. Los hechos relacionados con el caso de epígrafe se remontan al año 1988, cuando la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE) aprobó un anteproyecto presentado por el señor Berríos Zayas
para construir una granja avícola en el barrio Maná del Municipio de Corozal. El señor Berríos Rivera no estaba de acuerdo con la aprobación del proyecto y presentó varias quejas en ARPE para que se revocaran los permisos. Debido a que los casos en el foro administrativo no prosperaron, el señor Berríos
Rivera presentó un recurso de revisión judicial en el Tribunal de Primera Instancia (Caso 93-0838).
El Tribunal de Primera Instancia confirmó la decisión del foro administrativo y, posteriormente, el Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó la expedición del auto de certiorari (Caso CE-94-373). Ambos foros judiciales concluyeron que el señor Berríos
Rivera no presentó el recurso apelativo administrativo dentro del término prescriptivo, por lo que procedía la confirmación de la agencia.
Inconforme, el señor Berríos
Rivera continuó presentando querellas en el Tribunal Municipal de Corozal. Una de estas querellas se presentó al amparo de la Ley 140 de 23 de julio 1974, conocida como la Ley Sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho, 32 L.P.R.A. secs. 2871 et seq., en la cual el señor Berríos Rivera alegó que de la operación de la granja del señor Berríos Zayas
emanaban malos olores, pestilencias y desechos de aves tales como plumas y polvo. El Tribunal de Primera Instancia estableció un estado provisional y ordenó al señor Berríos Zayas
a cubrir con toldos los laterales del rancho para evitar que el viento levantara el polvo y las plumas.
Los problemas entre las partes continuaron y el señor Berríos Zayas presentó una demanda en daños y perjuicio, sentencia declaratoria e interdicto en el Tribunal de Primera Instancia, caso núm. D PE 1994-0506, contra el señor Berríos Rivera, su esposa y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos y al señor Wilfredo Berríos Burgos, su esposa y la sociedad legal de...
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