Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Diciembre de 2010, número de resolución KLAN201001191
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201001191 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2010 |
LEXTA20101213-07 Olazagasti Power v. Exparte
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
TERESA M. OLAZAGASTI POWER HÉCTOR M. FUENTES FEBLES PETICIONARIOS EX PARTE | KLAN201001191 | APELACIÓN procedente |
Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Hernández Sánchez
Rivera Román, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 13 de diciembre de 2010.
El señor Héctor M. Fuentes Febles nos solicita que revisemos una solicitud para que se deje sin efecto el informe emitido por la Examinadora de Pensiones Alimentarias y se redujera la pensión impuesta en beneficio de su hijo menor de edad.
Por los fundamentos que expresamos a continuación, se confirma el dictamen recurrido.
El señor Fuentes presentó una solicitud de revisión de alimentos ante el Tribunal de Primera Instancia, el 8 de abril de 2008. Alegó que para esa fecha se encontraba desempleado y solicitó una rebaja en la pensión alimentaria
que se le impuso durante el 2005 a favor de su hijo menor de edad. La pensión es de $1,462 mensuales.
La señora Teresa M. Olazagasti Power, madre del menor, se opuso al recurso y solicitó un aumento de pensión.
Trabada la controversia, se celebraron varias vistas ante la Examinadora de Pensiones los días 9 de diciembre de 2009, 18 de febrero y 8 de marzo de 2010, con el propósito de dilucidar los méritos de las respectivas solicitudes de revisión alimentaria que presentaron las partes.
Examinada la prueba testifical y documental, la Examinadora de Pensiones emitió un informe el 8 de marzo de 2010, en el cual recomendó que se mantuviera la pensión alimentaria por la suma de $1,462 mensuales. Además, se recomendó un aumento de pensión por la cantidad de $1,606 mensuales, retroactivo a partir del 1 de junio de 2009.
Al emitir su recomendación, la Examinadora de Pensiones evaluó el ingreso neto de la señora Olazagasti, los gastos de vivienda y educación de su hijo menor de edad, el salario neto aproximado devengado por el señor Fuentes como corredor de seguros, su estilo de vida y capacidad económica y el hecho de que éste tenía otros dos hijos menores de edad.1
La Examinadora de Pensiones concluyó que el ingreso neto mensual de la señora Olazagasti era de $3,885, el gasto de vivienda era de $1,202 mensual, la matrícula escolar del menor ascendía a $1,943 anual y la aportación mensual del colegio era de $585.2
En el informe, se indicó que el señor Fuentes trabaja como corredor de seguros y productos de seguros de la Corporación Virtue Insurance Group (Virtue Insurance). Surge de las determinaciones de hechos que la corporación se creó en marzo de 2008, previo a la fecha de la terminación del contrato de empleo del señor Fuentes como Vicepresidente de Ventas de la compañía Medical Card Systems, Inc. (
El señor Fuentes no sometió evidencia de su talonario o documento que acreditara el monto total de los ingresos devengados durante el periodo que laboró para
Del informe se desprende que la Examinadora de Pensiones revisó la planilla contributiva de señor Fuentes para el año 2008, así como sus ingresos y gastos reportados en la Planilla de Información Personal y Económica (PIPE) de agosto de 2009. En la planilla contributiva del año 2008, el señor Fuentes reportó un ingreso neto de $297,091, correspondiente a un salario neto mensual de $24,757.58.3
Por otro lado, en la PIPE, el señor Fuentes reportó un ingreso neto mensual de $1,395, el cual, sumado al ingreso de su actual esposa, totalizaron un salario mensual de $3,132.16. Ambos cónyuges devengan sus respectivos ingresos como empleados de Virtue Insurance.
La corporación, a su vez, les paga parte de sus gastos en el hogar.
Por otro lado, la Examinadora de Pensiones determinó que el señor Fuentes realizó unos ajustes económicos para minimizar sus gastos luego de ser despedido por
Sin embargo, indicó que en junio de 2008, el señor Fuentes recibió $325,000 como indemnización por su despido. Luego de las deducciones correspondientes, dicho ingreso totalizó la suma de $262,814.59.
Según las determinaciones de la Examinadora de Pensiones, el señor...
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