Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2010, número de resolución KLAN20091674

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20091674
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2010

LEXTA20101216-17 Moure De Lis v. San Juan Abstract Co., Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN ― SAN JUAN

PANEL V

ENA LUZ MOURE DE LIS DEMANDANTE-APELANTE V. SAN JUAN ABSTRACT CO., INC., STEWART TITLE GUARANTY COMPANY, por conducto de su agente signatario en Puerto Rico, San Juan Abstract Co., Inc. DEMANDADOS-APELADOS KLAN200901674 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan NUM. K AC2006-1375 (506) SOBRE: EJECUCIÓN DE GRAVAMEN DE USUFRUTCTO VIUDAL

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, el Juez Vizcarrondo Irizarry y la Jueza Medina Monteserín

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 16 de diciembre de 2010.

Debemos resolver si la señora Ena

L. Moure de Lis tiene una causa de acción contra una compañía aseguradora que emitió un seguro de título para la compraventa de unas propiedades, cuyo único beneficiario es el comprador.

Luego de examinar el recurso apelativo y la doctrina de derecho aplicable al caso, concluimos que el Tribunal de Primera Instancia actuó correctamente al desestimar la causa de acción presentada contra la compañía de seguros. Veamos los hechos del caso.

I.

Mediante la escritura de compraventa Núm. 30 de 16 de septiembre de 2006, P.D.C.M. Associates, S.E. (PDCM) adquirió de G & A Dairy Farm Corp. varias fincas en el sector de Sabana Grande del Municipio de San Germán por la suma de $1,375,000. G & A Dairy Farm Corp.

compró esas propiedades en el año 2003 al señor Adrián Mercado Jiménez, la señora Teresa Vizcarrondo

Toro y Hacienda Big Sur, Inc.

Las propiedades adquiridas por PDCM estaban gravadas con una cuota usufructuaria a favor de la señora Ena Luz Moure de Lis t/c/c Ena Luz Moure.1

La compañía de seguros Stewart Title

Guaranty Company (Stewart), expidió una Póliza sobre Seguro de Título, por conducto de su agente signatario en Puerto Rico, San Juan Abstract Co. Inc. (San Juan Abstract).2

PDCM aparece como único beneficiario en la póliza de seguro.3

Una vez la señora Moure tuvo conocimiento de que las propiedades fueron vendidas a PDCM, le escribió una carta a Stewart

para que le pagara el monto de la cuota viudal usufructuaria.

No obstante, la referida compañía aseguradora se negó y alegó que correspondía a los herederos pagarle la cuota viudal.

Ante esta situación, la señora Moure demandó a San Juan Abstract y a Stewart y solicitó al Tribunal de Primera Instancia que ordenara el pago de la cuota viudal.

Arguyó que, aunque en una de las cláusulas del contrato de seguros se exceptuaba el pago de la cuota viudal a favor de la señora Moure4, otra de las cláusulas del contrato establecía que Stewart

estaba obligada a responder por la cuota viudal usufructuaria

de la señora Moure5.

En la demanda la señora Moure alegó, además, que el contrato de compraventa otorgado por las partes era nulo, toda vez que ella no compareció.

Ambas partes presentaron mociones para que se dictara sentencia sumaria. El Tribunal de Primera Instancia emitió una sentencia y desestimó la demanda bajo el fundamento de que la señora Moure no era la asegurada sino PDCM, quien era el comprador. La señora Moure

solicitó reconsideración. El Tribunal de Primera Instancia emitió una resolución para dejar sin efecto la referida sentencia y permitió que la señora Moure enmendara la demanda para añadir como demandados a PDCM, ya que eran parte indispensable en el caso.

San Juan Abstract y Stewart

presentaron una moción mediante la cual solicitaron la desestimación del caso.

Estos alegaron que la póliza de seguros expedida era una de título de indemnización que, además de asegurar la validez del título adquirido por PDCM, se obligaba a indemnizar a PDCM en caso de que tuviese que pagar o sufrir alguna pérdida por asuntos asegurados en la póliza.6

Así pues, su argumento era que señora Moure no cuenta con una causa de acción contra ellos ya que no figura como asegurada en el seguro de título. San Juan Abstract y Stewart arguyeron que los herederos del esposo de la señora Moure eran parte indispensable y que en la región judicial de Ponce se estaba ventilando otro caso relacionado a la cuota usufructuaria de la señora Moure

contra los herederos.

Luego de varios trámites procesales, la señora Moure

desistió de su reclamación contra San Juan Abstract.

El Tribunal de Primera Instancia dictó una sentencia sumaria parcial y desestimó la causa de acción presentada contra Stewart. En la sentencia del foro judicial de instancia se acogieron los hechos materiales incontrovertibles alegados por Stewart y San Juan Abstract en la moción de desestimación.

Oportunamente, la señora Moure apeló la sentencia parcial en el Tribunal de Apelaciones. En el recurso presentado, la señora Moure alegó que el Tribunal de Primera Instancia erró al desestimar la demanda porque la póliza de seguros establecía que era para beneficio exclusivo de PDCM y porque existiera un pleito pendiente en la región judicial de Ponce contra los hijos herederos en cobro de la cuota usufructuaria.

Se concedieron varios plazos para que Stewart

compareciera. El último plazo venció el 12 de marzo de 2010, y Stewart no compareció, por lo que el caso quedó perfeccionado.

II.

Examinemos, en primer lugar, la figura del seguro de título y la jurisprudencia aplicable.

En nuestra jurisdicción, el negocio de seguros está revestido de un alto interés público, por lo que ha sido ampliamente regulado, principalmente por...

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