Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Marzo de 2011, número de resolución KLCE201100169

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201100169
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2011

LEXTA20110315-008 Rosas González v.

Estancias Reales

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN, AIBONITO

PANEL V

REINALDO ROSAS GONZÁLEZ Peticionario v. ESTANCIAS REALES, S.E. Recurridos
KLCE201100169
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm.: D DP2007-00685 Sobre: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, el Juez Cordero Vázquez, y el Juez Feliberti

Cintrón.

Cordero Vázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de marzo de 2011.

Mediante recurso de Certiorari, comparece Reinaldo Rosas González, su esposa Karla Maldonado Cruz y la sociedad legal de gananciales por ambos compuesta (peticionarios). Nos solicitan la revisión de una Resolución contenida en Minuta de 8 de noviembre de 2010 y notificada el 8 de diciembre de 2010 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI). En la decisión recurrida, el TPI resolvió no permitirle al peticionario presentar un “perito ingeniero” “en esta etapa de los procedimientos”, por entender que el peticionario “ha retrasado el caso”. Además, le impuso el pago de $500.00 por concepto de sanción.

Examinado el derecho aplicable, resolvemos expedir el auto solicitado para revocar la orden recurrida y permitir la presentación del perito, Ing. Luis González, según solicitan los peticionarios. Dejamos en efecto la imposición de sanciones según ordenó el TPI.

I.

De acuerdo al expediente ante nuestra consideración, el pleito de autos inició con la presentación el 20 de julio de 2007, de una demanda por daños y perjuicios por parte de los peticionarios en contra de Estancias Reales, S. E. (recurrida), desarrollador del proyecto Murano Luxury Apartments. En síntesis, alegaron que el apartamento que adquirieron de la recurrida, presenta severos problemas de humedad, vicios ocultos y defectos de construcción y reclamaron los daños y perjuicios que esto le ocasionó.

Durante el trámite procesal, el antiguo representante legal de los peticionarios incumplió varias órdenes del TPI. Asimismo, por causa de éste la Conferencia con Antelación al Juicio, pautada para el 27 de mayo de 2010, debió ser suspendida. En atención a ello y en vista de los problemas de comunicación que los peticionarios confrontaron con su pasado representante legal, los peticionarios le solicitaron la renuncia a éste. El 16 de julio de 2010, el anterior abogado de los peticionarios, Lcdo. Juan Carlos Villanueva López, presentó ante el TPI una “Solicitud de Renuncia a Representación Legal Urgente”.

Mediante Orden de 12 de agosto de 2010, el TPI denegó la renuncia del Lcdo. Villanueva López y le advirtió que debía presentar el Informe con Antelación al Juicio. Asimismo, el TPI atendió una “Moción Anunciando Representación Legal y en Solicitud de Prórroga”. Reiteró que no había relevado al Lcdo. Villanueva López quién debía someter el Informe de Conferencia con Antelación al Juicio. Además, informó que el juicio en su fondo estaba pautado para celebrarse el 8 de noviembre de 2010.

El 7 de octubre de 2010, los peticionarios presentaron unaMoción Sobre Descubrimiento de Prueba Pendiente y En Solicitud de Conversión de Vista. Informaron que su nueva representación legal se reunió con el representante legal de la recurrida y concluyó que varios asuntos relacionados al descubrimiento de prueba estaban pendientes. Añadió que interesaba cursar un interrogatorio a la recurrida y presentar un perito especializado en sistemas de refrigeración y aire acondicionado. Además, informó que estaba pendiente la toma de...

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