Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Marzo de 2011, número de resolución KLRA201000297

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201000297
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2011

LEXTA20110315-020 Ramos Rosario v. Policía de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y SAN JUAN

PANEL V

ÁNGEL RAMOS ROSARIO
Recurrido
V
POLICÍA DE PUERTO RICO
Recurrente
KLRA201000297
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Comisión Apelativa del Sistema de Administración de Recursos Humanos del Servicio Público(CASARH) SOBRE: RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN Caso Núm. 2009-06-1072

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Hernández Sánchez.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a _15_ de marzo de 2011.

Comparece la Policía de Puerto Rico (la Policía), representada por la Oficina del Procurador General, y nos solicita que revisemos la resolución de la Comisión Apelativa del Sistema de Administración de Recursos Humanos del Servicio Público (CASARH) emitida el 14 de enero de 2010 mediante la cual se dejó sin efecto una decisión de la Policía, denegando la solicitud de ingreso como cadete de la Policía al Sr. Ángel Ramos Rosario.

Señala la recurrente que incidió CASARH al revocar la denegatoria ya que ésta se fundamentó en el hecho de que el candidato, Ramos Rosario, había mentido en su solicitud de empleo y, además, en que el candidato había sido despedido por su anterior patrono debido a problemas de ausentismo y tardanzas.

Examinados los hechos particulares del presente caso, revocamos la decisión de CASARH y declaramos válida la decisión de la Policía denegando la solicitud de ingreso como cadete de la Policía a Ángel Ramos Rosario.

I

El 14 de octubre de 2008 el Sr. Ángel Ramos Rosario completó y sometió a la Policía su Solicitud de Empleo y Autorización de Investigación de Cadete. En la página de Historial de Salud, la primera pregunta le requería que indicara si alguna vez había utilizado marihuana, heroína, LSD, cocaína, "crack" o estupefacientes. Al lado de cada una de estas drogas había dos encasillados, rotulados "si" y "no". Después de los encasillados se incluye una línea con la instrucción "Explique". Ramos Rosario indicó "no" a cada una de las seis drogas y no incluyó nada en la línea con la instrucción "Explique".

En las páginas sobre historial de empleo expuso que había trabajado para Baxter Healthcare en Jayuya desde 1997 hasta el año 2008. Indicó que había sido amonestado y despedido por tardanzas y ausencias.

La solicitud de empleo, que fue firmada por Ramos Rosario el 14 de octubre de 2008, contiene una sección denominada "Certificación y Relevo de Responsabilidad" inmediatamente antes de la firma, la cual expone en parte:

Certifico que la información ofrecida por mí es exacta y verídica. Estoy consciente de que si se descubre que he dado falso testimonio en cuanto a cualquier hecho concreto, o que haya realizado o intentado realizar engaño o fraude en esta solicitud para conseguir elegibilidad o nombramiento para el puesto solicitado se me rechazará la misma. Así mismo, de haber sido nombrado(a) estaré sujeto(a) a mi destitución y las penalidades de multa y/o encarcelamiento. (Negritas en original)

A similar tenor, en el formulario de Autorización y Advertencias para la investigación, suscrito por Ramos Rosario, se le reiteró al solicitante la advertencia antes hecha, indicándose en el formulario que:

Se le advierte que la investigación cubre todo lo relacionado a su persona, toda la documentación e información suministrada por usted debe ser correcta y completa, de usted ocultar, ofrecer información falsa o incompleta con el propósito de lograr se [le ofrezca el] … trabajo o puesto, su solicitud podrá ser denegada. (Énfasis en original.)

Como una parte rutinaria del proceso de reclutamiento para la Policía, se llevó a cabo una investigación minuciosa sobre el carácter, personalidad, reputación, hábitos, conducta en la comunidad, así como cualquier otro aspecto pertinente.

Luego de la investigación, el 21 de mayo de 2009 fue suscrito el informe sobre los resultados y la recomendación. Véanse las páginas 37 a 57 del apéndice del recurso, en adelante, (Ap. Págs. 37-57).

Los resultados de la investigación y la recomendación fueron resumidos en un memorando interno el cual, en parte, es como sigue:

INVESTIGACIÓN CANDIDATO A CADETE ÁNGEL M. RAMOS ROSARIO

De acuerdo a la investigación realizada … el candidato no reúne los requisitos inherentes al puesto solicitado.

El solicitante le manifestó al Agente Investigador, que utilizó drogas ilícitas en este caso marihuana y en el historial personal, marcó que nunca había hecho uso de drogas...

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