Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Marzo de 2011, número de resolución KLAN201000973

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201000973
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2011

LEXTA20110318-005 Mercado Seda v. Ranger American

Armored

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ

PANEL IX

ÁNGEL OSVALDO MERCADO SEDA
Apelado
v.
RANGER AMERICAN ARMORED SERVICES, INC.
Apelante
KLAN201000973
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Civil Número: ISCI200901093 Sobre: Indemnización por Despido Injustificado

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez

y la Juez Domínguez Irizarry.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de marzo de 2011.

Ranger American Armored Services, Inc. (Ranger American) acude ante este Tribunal mediante una Apelación en la que solicitó la revisión de la Sentencia emitida por el Tribunal de Instancia, Sala de Mayagüez, el 30 de abril de 2010, archivada en autos el 7 de junio de 2010. Mediante la Sentencia, el foro recurrido declaró con lugar la reclamación del señor Angel O. Mercado Seda (Mercado) con relación a que fue despedido injustificadamente, por lo que condenó a Ranger American a pagarle la suma de $9,173.04, más el equivalente a un veinticinco (25%) por ciento en honorarios de abogado, es decir, $2,293.26, y las costas.

Con el beneficio de la transcripción

de los procedimientos y la oposición del señor Mercado, este Tribunal revoca la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia.

I

El señor Mercado laboró para Ranger American por nueve años hasta el 3 de julio de 2008 cuando fue despedido. Al momento de su despido, el señor Mercado fungía como mensajero de Ranger American en cuyo puesto devengaba un salario de $7.40 por hora. Como consecuencia de su despido, el señor Mercado presentó el 3 de julio de 2009 una Querella en la que argumentó que su despido fue injustificado, por lo que reclamó el pago de mesada, y honorarios de abogado estimados en un veinticinco (25%) por ciento de la cantidad reclamada.

Ranger American contestó la Querella indicando que el despido del señor Mercado fue justificado. A estos efectos indicó que la terminación de su empleo se debió a que éste fue negligente al no seguir los procedimientos establecidos que culminaron en una pérdida de valores en la cantidad de $40,801.26 por la cual Ranger

American tuvo que responder.

Luego de celebrada la correspondiente vista el 15 de marzo de 2010, el Tribunal de Primera Instancia emitió la Sentencia del 30 de abril de 2010 ante nuestra consideración. Mediante la misma, y en lo pertinente, el foro recurrido analizó las funciones de Ranger American

en el acarreo de valores a través de camiones blindados y las funciones que desempeñaba el señor Mercado como mensajero de la referida empresa. Asimismo, consideró el tiempo que laboró satisfactoriamente, el hecho de que nunca fue sancionado previamente, el que su desempeño se ajustó a las expectativas y metas de su patrono, y la descripción del señor Mercado como un empleado excelente. De igual forma, el foro de instancia auscultó el Reglamento de Disciplina de Ranger American

y las medidas dispuestas en éste para las violaciones de las normas de conducta. El Tribunal, también impartió especial importancia a que la conducta incurrida por el empleado conlleva la imposición de varias sanciones disciplinarias. Igualmente, analizó la prueba vertida en cuanto a que el señor Mercado fue despedido por incumplimiento con los procedimientos luego de haber recibido un bulto sellado con valores ascendentes a $40,801.26 que despareció, las circunstancias que rodearon la pérdida y las prácticas de la compañía. En lo particular, la justificación de Ranger American para el despido del señor Mercado fue por haber incurrido este último en violaciones a los procedimientos establecidos relacionados a la custodia de los referidos valores.

Luego de un análisis de la prueba presentada y el derecho aplicable, el Tribunal de Primera Instancia determinó que el despido fue injustificado, por lo que ordenó el pago de la mesada, honorarios de abogado y costas.

Para llegar a su determinación, el foro recurrido recalcó que no se favorece el despido como sanción ante una primera falta y su apreciación de que el despido responde a la aplicación irrazonable de una norma o reglamento. En ese análisis, el foro de instancia entendió que el despido del señor Mercado respondió a una aplicación inflexible y automática de un reglamento el cual dispone para el mismo comportamiento varias medidas disciplinarias entre las que se encuentran la amonestación verbal, escrita, suspensión de empleo y sueldo y por último el despido. En adición la querellada alegó que el querellante incurrió en una sola violación a las reglas de la compañía. A su vez, concluyó que Ranger American no pudo establecer claramente lo que ocurrió y dónde ocurrió la pérdida ni pudo responsabilizar al señor Mercado por la misma aunque reconoció que hubo una omisión del señor Mercado, pero entendió que ésta se trató de un acto aislado no reiterado o indicativo de un patrón o actitud de incumplimiento. Igualmente, el foro recurrido consideró como contradictorio el que Ranger American

entendiera que la pérdida del bulto no implicara que el señor Mercado hubiera sido deshonesto. En esencia, el Tribunal entendió que el patrono no había controvertido efectivamente la presunción bajo la Ley Núm. 80 del 30 de mayo de...

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