Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Marzo de 2011, número de resolución KLCE1001255
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE1001255 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 2011 |
LEXTA20110325-003 Asociación de Residentes Urb. Quintas de San Luis, Inc. v. Díaz Díaz
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
REGION JUDICIAL DE CAGUAS
ASOCIACIÓN DE RESIDENTES URBANIZACIÓN QUINTAS DE | KLCE1001255 | Certiorari procedente |
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Carlos Cabrera y el Juez Soler Aquino.
Soler Aquino, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de marzo de 2011.
Comparecen Adrián O. Díaz Díaz y Rita
Catalá Miguez (en adelante peticionarios) mediante recurso de certiorari
presentado el 7 de septiembre de 2010. Nos solicita la revisión de la Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas
(en adelante TPI), el 20 de julio de 2010 y notificada el 6 de agosto de 2010.
Mediante la referida orden el TPI declaró no ha lugar la Moción de Reconsideración radicada por los peticionarios.
Por los fundamentos que se exponen a continuación, se deniega la expedición del recurso de certiorari presentado.
Los hechos que motivaron la presentación del caso ante nuestra consideración se exponen a continuación.
Los peticionarios adquirieron, aproximadamente para el 2006, una propiedad ubicada en la Urbanización Quintas de San Luis. A-1, Calle Dali, en el Municipio de Caguas.
La parte recurrida-demandante, Asociación de Residentes de la Urbanización Quintas de San Luis, es una corporación sin fines de lucro, que está a cargo del mantenimiento y conservación del sistema de control de acceso operado en dicha comunidad residencial.
El 23 de agosto de 2006, la parte recurrida le envió a los peticionarios un requerimiento de pago mediante carta certificada con acuse de recibo a la dirección Quintas de San Luis, Calle Dalí A-1. La misma fue devuelta por no ser reclamada en el correo.
El 31 de agosto de 2006, por conducto del Lcdo. Kenneth
Laguia Rebollo se le envío otra carta por correo regular, requiriendo el pago de las cuotas de mantenimiento. Los peticionarios contestaron la misma, el 26 de septiembre de 2006. Alegaron que era la primera vez que recibían requerimiento de pago por parte de la Asociación e informaron que solicitarían una certificación registral para discutir con la recurrida la validez de su...
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