Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2011, número de resolución KLAN201100172
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201100172 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2011 |
TAROCO, S.E. Apelado v. CAGUAS INDUSTRIAL PARK, INC., PLÁCIDO GONZÁLEZ CÓRDOVA, SU ESPOSA LUCÍA MUÑOZ Y SU SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Apelantes | | Apelación procedente |
Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, el Juez Cordero Vázquez, y el Juez Feliberti
Cintrón.
Cordero Vázquez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2011.
Caguas Industrial Park, Inc., Plácido González Córdova, María Eugenia González Muñoz, Guillermo Plácido González González y Alberto
Luis González González (apelantes) comparecen mediante el recurso de Apelación de epígrafe y nos solicitan que revoquemos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas (TPI) el 5 de enero de 2011, notificada y archivada en autos el 12 de enero de 2011. Por medio de este dictamen, el TPI denegó la moción de reconsideración presentada por los apelantes y confirmó la Sentencia sumaria parcial dictada el 29 de marzo de 2010, notificada y archivada en autos el 6 de abril de 2010.
Analizado el derecho vigente aplicable, y con la comparecencia de las partes, resolvemos desestimar el recurso por prematuro.
El 15 de octubre de 2004, Taroco S.E. (apelado) presentó Demanda sobre reducción de cabida por precio por unidad, saneamiento por evicción y daños y perjuicios por mala fe y daños por omisión e incumplimiento de contrato contra Caguas Industrial Park, Inc., y los otros apelantes1. En síntesis, alegó que éstos le vendieron una finca con una cabida menor a la descrita en el plano que le mostraron al momento de la compraventa, lo que constituyó una actuación dolosa, negligente y de mala fe. Por esta razón, presentó tres causas de acción, en la primera, solicitó la reducción del precio de la compraventa por la suma de $41,654.24. En la segunda, la restitución del precio que tuviese la cosa vendida al tiempo de la evicción, que estimó en $125,000, además de las costas del proceso, estimadas en $3,000. Asimismo, solicitó daños ascendentes a $1,250,000. Por último, en la tercera, sostuvo que hubo mala fe por parte de los apelantes, ya que éstos le ocultaron que la propiedad en...
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