Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2011, número de resolución KLCE201100033
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201100033 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2011 |
GOMEZ HOLDING, INC. Peticionarios v. ADVANCED COMPUTER TECHNOLOGY, INC.; INVESTIGACION Y PROGRAMAS, S.A. Recurridos INVESTIGACION Y PROGRAMAS, S.A. Reconveniente V. GOMEZ HOLDING, INC. Reconvenida v. INVESTIGACION Y PROGRAMAS, S.A. Tercero Demandante V. LUIS A. GOMEZ JR. Y NESTOR CAMACHO Tercero Demandado | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan K AC2009-1257 (807) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario y los Jueces Piñero González y Figueroa Cabán
Ramírez Nazario, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2011.
Comparece Gómez Holding Inc. (GHI) para solicitar la revocación de la Orden dictada en corte abierta el 17 de noviembre de 2010 y notificada el 9 de diciembre de igual año por el Tribunal de Primera Instancia (TPI).
Mediante la referida Orden el TPI permitió que Advanced
Computer Technology, Inc. (ACT) presentara una reconvención contra GHI y una demanda contra terceros contra los señores Luis Gómez y Néstor Camacho.
Considerados los escritos de las partes, así como los documentos que los acompañan, a la luz del derecho aplicable resolvemos expedir el auto solicitado y confirmar la Orden recurrida.
El 8 de octubre de 2009, GHI presentó una demanda por cobro de dinero y ejecución de colaterales contra ACT e Investigación y Programas, SA. (IPSA). El 14 de enero de 2010, tras concedérsele varias prórrogas, ACT contestó la demanda. IPSA presentó su contestación en julio 2010, igualmente luego de prórrogas para ello. IPSA incluyó una reconvención y demanda contra tercero.
Luego el 8 de agosto de 2010, ACT solicitó que se le permitiera reconvenir contra GHI. En octubre de igual año reiteró su solicitud de reconvenir contra GHI, además de presentar una demanda contra tercero, contra los señores Luis Gómez y Néstor Camacho. Mediante orden de 18 de octubre de 2010, notificada el 20 de octubre siguiente, el TPI declaró Ha Lugar la petición de ACT.
El 4 de noviembre de 2010, GHI solicitó al TPI la reconsideración de la autorización concedida a ACT. Sostuvo que la reconvención era tardía y que ACT no demostró justa causa para presentar la demanda contra terceros transcurridos los 30 días que dispone la regla de procedimiento...
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