Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2011, número de resolución KLCE201100218
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201100218 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2011 |
LEXTA20110331-089
Corporation
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Región Judicial de San Juan Civil Núm. KEF2008-0273 (1003) | ||
| | Civil Núm.: KEF2008-0409 (1003) | ||
| | Civil Núm.: KEF2008-0389 (1003) Sobre: Resolución final dictada en caso de expropiación forzosa | ||
Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, la Juez Ortiz Flores y la Juez Surén Fuentes
Ortiz
Flores, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 31 de marzo de 2011.
El 23 de febrero de 2011la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (
presentó otro recurso de certiorari radicado ante este Tribunal bajo el número KLCE201100253. Solicita la
Disponemos, motu proprio la consolidación de los recursos KLCE201100222 y KLCE201100253 con el KLCE201100218, por estar relacionados. Por los fundamentos que vamos a exponer a continuación, se expide el auto de certiorari y se revocan las resoluciones recurridas.
Se trata de tres (3) peticiones de expropiación forzosa presentadas por la
relacionado al proyecto del Gasoducto del Sur incluyendo el diseño, construcción, operación y mantenimiento del gasoducto, sus equipos accesorios y otras utilidades afines a los propósitos de la
correspondientey depositó las sumas de cincuenta y dos mil doscientos dólares ($52,200.00), veintitrés mil cuatrocientos dólares($23,400.00) y treinta y un mil trescientos dólares ($31,300.00) como la justa compensación para la adquisición de los títulos de servidumbre. El TPI emitió las resoluciones del 11 de junio de 2008, 10 de julio de 2008 y 8 de julio de 2008 en los casos número KFE2008-0273 (1003), KEF2008-0409 (1003) y KEF2008-0389 (1003), respectivamente, aceptando las referidas consignaciones a ser pagadas a las recurridas Avemarina Corp., Corp.
Azucarera y González Joy e invistiendo los títulos de derecho real y perpetuo de servidumbre correspondientes a la
Posteriormente, la
[...]
La
La
también ha realizado trabajos requeridos para el GASODUCTO por agencias reguladoras, entre ellas, la "Environmental Protection Agency", el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, y el Cuerpo de Ingenieros.
La
No obstante, teniendo la
realice un estudio del estatus del proyecto sobre todas las fincas que componen la servidumbre.
Una vez realizado el estudio sobre el estatus del proyecto del GASODUCTO sobre todas las fincas y que se obtenga el aval de las agencias reguladoras, es entonces que la
Aquellas parcelas que aun estén en el procedimiento de expropiación en que 1) la
estará en posición de proceder a devolver dichas parcelas a la debida Parte con Interés y se podrá ajustar la justa compensación ya consignada en el Honorable Tribunal mediante enmienda al Exhibit A cambiando de una servidumbre perpetua a una temporera o como entienda este Honorable Tribunal debe proceder en derecho. (Énfasis nuestro.)
La súplica de
El TPI emitió Sentencia el 29 de abril de 2010 en los casos número KFE2008-0273 (1003) y KEF2008-0409 (1003)2 y el 7 de junio de 2010 en el caso KEF2008-0389 (1003) dando por desistidas las peticiones de expropiación y ordenando la cancelación de las inscripciones en el Registro de la Propiedad para que se revierta la titularidad a las recurridas. También ordenó en la referida sentencia a laSecretaria General Regional que proceda a expedir cheque a favor de la
La
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