Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2011, número de resolución KLCE201100076
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201100076 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2011 |
ASOCIACIÓN DE CONDOMINES VILLAS CLUB DEPORTIVO Recurrido V. JOSÉ E. SILVA AYALA, ET AL. Peticionario | KLCE201100076 | Certiorari procedente |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry
Domínguez Irizarry, Juez Ponente
R E S O L U C I Ó N
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2011.
Comparece el peticionario, Dr. José E. Silva Ayala, y solicita que se revoque la orden emitida el 7 de diciembre de 2010 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez. Mediante la referida orden, el foro de instancia decretó no ha lugar la Moción Solicitando Autorización de Demanda Contra Tercero, así como la Demanda Contra Tercero presentada por la parte demandada-peticionaria. Del mismo modo, el foro de instancia declaró no ha lugar la Moción Urgente Solicitando Orden Dirigida al Registro de la Propiedad presentada por la parte demandada-peticionaria. Además, mediante la referida orden el foro a quo le impuso a los representantes legales de
ambas partes doscientos dólares ($200.00) en sanciones ante el incumplimiento de un dictamen emitido el 14 de junio de 2010 y declaró no ha lugar la Reconvención Compulsoria y Solicitud de Sentencia Declaratoria presentada por la parte demandada-peticionaria.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, denegamos el recurso de certiorari en cuanto al dictamen del foro de instancia denegando la Solicitud de Sentencia Declaratoria. Respecto a las restantes órdenes emitidas por el foro a quo carecemos de jurisdicción para atenderlas.
Los hechos que preceden la controversia en este caso comenzaron cuando la Asociación de Condómines Villas del Deportivo presentó demanda contra el peticionario el 17 de mayo de 2010. En la misma se alega, en síntesis, que el peticionario está realizando una construcción ilegal en el apartamento K-101 en Villas del Deportivo en Cabo Rojo, dado a que se edifica en un terreno común de los condómines. Por ello, se solicitó el cese y desista de la construcción alegadamente
ilegal.
Luego de emplazado, el peticionario presentó el 10 de junio de 2010 una Moción de Desestimación y Solicitud de Sentencia Sumaria. En la referida moción se arguye que según la escritura pública del predio de controversia la construcción se realizaba en propiedad del peticionario. Además, se alegó que no existía documento público de donde surgiese el derecho de la Asociación de Condómines de Villas del Deportivo para alegar la titularidad del terreno, por no existir una escritura que someta al Complejo en...
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