Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2011, número de resolución KLRA201100154

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100154
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Abril de 2011

LEXTA20110429-133 Tanama Equipment Corp. v.

Municipio de Villalba

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

TANAMA EQUIPMENT CORP. Recurrente v. MUNICIPIO DE VILLALBA Recurrido
KLRA201100154
REVISION ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Subasta del Municipio Autónomo de Villalba Sobre: Impugnación de Adjudicación de Subasta

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández

Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

Hernández

Serrano, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2011.

Comparece Tanamá

Equipment, Corp. (Tanamá) mediante escrito de Revisión Judicial y nos solicita que revoquemos la adjudicación de subastas de 10 de febrero de 2011, en la cual la Junta de Subastas del Municipio Autónomo de Villalba (el Municipio), adjudicó la buena pro de una subasta para el diseño y construcción de viviendas multifamiliares tipo “walks- ups” en el Barrio El Semil a PR Green Contractor. El mencionado escrito fue acompañado con una Moción Urgente en Auxilio de Jurisdicción, la cual una vez evaluada fue declarada ha lugar el 3 de marzo de 2011.

Analizada la controversia ante nosotros y la normativa aplicable, se confirma la adjudicación de la subasta impugnada en el presente recurso y se deja sin efecto la paralización de los procedimientos.

I.

Los hechos de la presente controversia se originan con la celebración de una subasta realizada para el desarrollo del diseño y construcción de viviendas multifamiliares tipo “walk- ups” en el Barrio El Semil del Municipio Autónomo de Villalba.

Luego de completado el correspondiente procedimiento de subastas del mencionado proyecto, la Junta de Subastas del Municipio (Junta) notificó su determinación el 10 de febrero de 2011, la cual transcribimos a continuación:

…

…

…

NOTIFICACION DE LA DECISION DE LA HONORABLE JUNTA DE SUBASTAS

Con fecha del jueves, 20 de mayo de 2010 y a tenor con el Art[í]culo

de la Ley Núm. 81 del 30 de agosto de 1991, mejor conocida como Ley de Municipio Autónomo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y a tenor con el Reglamento de la Junta de [S]ubastas publicamos el aviso para la Solicitud de Propuesta para:

Diseño y Construcción de Viviendas Multifamiliares Tipo “Walk-

Ups” en el Barrio El Semil

del Municipio Autónomo de Villalba

Se recibieron propuestas el martes, 28 de diciembre de 2010, a las [sic] 1:00 p.m. en el Centro de Bellas Artes Adrián Rosado Guzmán del Municipio de Villalba. El día de recibo de propuestas, las ofertas se abrieron, se leyeron en presencia del público y quedaron sometidas para la evaluación de la Junta de Subastas.

Comparecieron las siguientes compañías con sus ofertas:

Ø Escala Architecture

Ø Raip Studio PSC

Ø E & E Contractor

inc.

Ø Tanamá Equipment, Corp.

Ø Caribe General Contractor

Ø PR Green Contractor

Ø Cacciamani

Ø Levy [C]onstructions Corp.

Ø All Profesional [C]onstruction

& Services

Ø Sothwest Builders

Ø Gautier y De Torres Arquitectos e Ingenieros

Las siguientes compañías retiraron sus ofertas:

Ø Cacciamani

Ø Sothwest Builders

La Junta de Subastas, luego de analizar, estudiar y evaluar las ofertas determinan [sic]:

  1. PR Green Contractor fue el licitador m[á]s bajo en precio.

  2. La Junta de Subasta, tomando en cuenta el beneficio de interés público, ha decidido adjudicar esta subasta a PR Green Contractor quien cumplió con las especificaciones de la subasta.

  3. Esta Adjudicación es v[á]lida a partir de la fecha en que se firmará el contrato.

    La compañía agraciada debe presentarse en la Oficina del Secretario Municipal para firmar el contrato.

    No se considerará al Municipio de Villalba comprometido por adjudicación alguna hasta tanto se haya firmado el correspondiente contrato. Al momento de la firma del contrato, la compañía agraciada evidenciará lo[s] siguientes documentos.

  4. Evidencia de póliza (eventual) para este proyecto de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado.

  5. “Payment

    Bond”.

  6. “Performance

    Bond”.

  7. Evidencia del “Power Attorney”que tiene las personas que firman las fianzas y seguros en representación de la Compañía de Seguros.

  8. Somereterá un “certificate

    of Liability Insurance” en donde se incluirán los siguientes seguros:

    · Seguro de [R]esponsabilidad Pública “Comprehensive

    General Liability” y el “Hold

    Harmless Agreement” con un endoso a favor [del] Municipio de Villalba.

    · Evidencia de la p[ó]liza “Comprehensive General Liability”

    Art[í]culo 12, [Sección]

    12.3 de las condiciones Generales de [Contratación].

    · Seguro de Responsabilidad Patronal “Employer’s Liability”[.]

    · P[ó]liza “Builder’s Risk”[.]

  9. Carta del [“]Internal Revenue Services” (IRS) en la cual certifique su n[ú]mero de Seguro Social Patronal.

  10. Itinerario de Progreso del Proyecto.

  11. Certificación de Pago por Partida del Proyecto (Breakdown).

  12. Copia del certificado de Relevo de Retención en el Origen sobre Pagos por Servicios Prestados emitido por el Departamento de Hacienda (Opcional si lo utiliza).

  13. Copia de Elegibilidad de Registro Único de Licitadores de la Administración de Servicios Generales (ASG) donde se detallan los documentos fiscales requeridos para formalizar contrato con las Agencias de la Rama Ejecutiva.

  14. Declaración Jurada en cumplimiento de las disposiciones de la Carta Circular de Rentas Internas N[ú]m. 02-10 del Departamento de Hacienda

  15. Certificación del Municipio de Villalba acreditando el pago de los arbitrios de construcción, conforme a lo dispuesto en la Ley N[ú]m. 81 del 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como: [“]Ley de Municipio Autónomo ”.

  16. En caso de que la compañía contratada sea una Corporación deberá someter los siguientes documentos:

    · Certificado de Existencia (Año en curso)

    · Certificado de Cumplimiento o “Good Standing” (Año en curso)

    · Certificado de Cumplimiento

    · Resolución Corporativa en la que se autoriza a usted a contratar con el Municipio de Villalba. (La Resolución debe ser presentada en papel timbrado de la compañía e incluir el sello de la corporación)

  17. Resolución Corporativa Además, si es una [S]ociedad Profesional deberá presentar lo siguiente:

    · Declaración Jurada conjunta de todos los socios (excepto usted) en la que le autorizan a contratar con el Municipio de Villalba en este caso en particular.

  18. Todo individuo deberá presentar un Resumé personal (profesional).

  19. Todo individuo deberá presentar el certificado Negativo de Antecedentes Penales.

  20. Medidas a tomar en cuanto a contratos otorgados con personas que resulten convictas o hagan alegación de culpabilidad, o sobre contratos a otorgarse con personas que estén bajo investigación o hayan sido acusadas, tanto en el foro estatal como en el foro federal, por delitos contra el erario, la fe o la función p[ú]blica contra el ejercicio Gubernamental o que involucren fondos o propiedad pública. Toda persona natural o jurídica deberá presentar una certificación en papel timbrado de la compañía, firmada e incluir el sello de la corporación (si aplica) donde incluya lo siguiente:

    · Requerir una certificación a los efectos de que la persona a contratar, ya sea natural o jurídica, no ha sido convicta, ni se ha encontrado causa probable para su arresto, por ningún delito contra el erario, la fe la función pública; contra el ejercicio gubernamental; o que involucren fondos o propiedad pública, en el ámbito federal o estatal.

    · En caso en que se trate de una persona jurídica requerir una...

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