Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2011, número de resolución KLRA201100324

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100324
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Abril de 2011

LEXTA20110429-151 Santana Báez v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel III

ELIEZER SANTANA BÁEZ
Recurrente
v.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
Recurrido
KLRA201100324
Revisión Administrativa procedente de la Administración de Corrección Caso Núm.: Q-822-10

Panel integrado por su presidente el Juez Ramírez Nazario, el Juez Piñero González y la Juez Surén Fuentes.

Piñero

González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2011.

Comparece el 11 de marzo de 2011 el señor Eliezer Santana Báez (señor Santana o el recurrente) quien se encuentra confinado en una Institución Penal, y por derecho propio acude ante este Tribunal mediante el presente recurso de revisión administrativa.

Por los fundamentos que pasamos a exponer desestimamos el recurso de título por ser académico.

I

La controversia objeto del presente recurso tiene su origen, según surge del expediente presentado, cuando el

señor Santana

presenta el 13 de diciembre de 2010 Solicitud de Remedio Administrativo ante la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación (Corrección). En síntesis plantea el señor Santana que “el día 12 de diciembre de 2010 al salir de la actividad f[ué] conducido (a un cuarto de visita y allí fue) registrado al desnudo, por el Oficial De León, cuando estoy ya en ropa interior, entran dos Oficiales más, entre los que estaba el (Oficial) Hernández, y junto a éstos, (tres) confinados.” Abunda el recurrente que el Oficial De León le “ordenó a quit[arse (la ropa interior) y así doblarme en cuclillas habiendo en ese momento a mis espaldas varios de éstos presos…”.

En vista de ello, el señor Santana solicitó como Remedio Administrativo el “saber si la mencionada práctica no se aparta del Reglamento…” La División de Remedios Administrativos emite respuesta el 12 de enero de 2011 cuando expresa lo siguiente:

“Informó el Teniente Carlos Rodríguez, Comandante de la Guardia del Anexo 292, que en todas las actividades los confinados son registrados al desnudo considerando la privacidad

de los confinados. Aseveró que todos los Oficiales han sido orientados”.

Inconforme con la mencionada respuesta, el señor Santana presenta el 25 de enero de 2011 Solicitud de Reconsideración ante la Oficina del Coordinador Regional de Remedios Administrativos. Es entonces que el 7 de febrero de 2011 el señor Andrés Martínez Colón, Coordinador Regional de la División de Remedios Administrativos (Coordinador), emite Resolución adjudicando el planteamiento del señor Santana...

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