Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Mayo de 2011, número de resolución KLCE201100256

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201100256
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2011

LEXTA20110511-11 Dr. Fernández Pabón v. Peñuelas Valley Landfill, Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL X

DR. JORGE J. FERNÁNDEZ PABÓN; IVELISSE ESTRADA RIVERO; LIZA V. FERNÁNDEZ ROSSELLI;KAREN P. FERNÁNDEZ ROSSELLI; THOMAS GARITY MEDINA y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por éste y KAREN P. FERNÁNDEZ ROSSELLI Demandantes-Reconvenidos- Recurridos v. PEÑUELAS VALLEY LANDFILL, INC.; WASTE MANAGEMENT, INC. Demandados-Reconvenientes- Peticionarios
KLCE201100256
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Caso Núm: ECD2002-1204 (401) Sobre: Cobro de Dinero; Cumplimiento Específico de Contrato

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, el Juez Soler Aquino la Jueza Carlos Cabrera. Y la Juez Nieves Figueroa.

Nieves Figueroa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 11 de mayo de 2011.

Comparecen ante nosotros Peñuelas Valley

Landfill, Inc., y Waste Management, Inc., (en adelante, “Peñuelas Valley” y “Waste Management”, respectivamente) y solicitan que revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, el 9 de diciembre de 2010 y notificada el 22 de febrero de 2011. En la misma, dicho Foro denegó una solicitud de los peticionarios para presentar prueba pericial de refutación.

Por los fundamentos que expondremos, revocamos la Resolución impugnada.

I

Hechos Relevantes

El 20 de junio de 1997, la co-peticionaria Peñuelas Valley suscribió un contrato denominado Special

Waste Royalty Agreement en el cual acordó pagar $1.00 por cada tonelada de desperdicios especiales, según definidos en el propio contrato, que depositara en unos vertederos localizados en los municipios de Peñuelas y Humacao hasta un máximo de 6,000,000 de toneladas. Dicha tarifa de $1.00 sería revisada anualmente a base de ajustes inflacionarios o Gate Tipping

Fees cobrados en esos vertederos. El Gate Tipping Fee

tenía que estar certificado por Peñuelas Valley mediante declaración jurada a tal efecto. En aquel momento, los dueños de los vertederos eran los recurridos, el doctor Jorge Fernández Pabón, la señora Ivelisse

Estrada Rivero, la señora Liza Fernández Rosselli, la señora Karen

Fernández Rosselli y su esposo el señor Thomas Garity Medina.1

El 24 de marzo de 1999, Peñuelas Valley presentó una demanda en contra de los recurridos en la cual, entre otras cosas, alegó que pagó la mencionada tarifa de $1.00 por tonelada de desperdicios depositados a pesar de que la totalidad de dichos desperdicios no eran considerados especiales según el Special Waste

Royalty Agreement.2

Por su parte, los recurridos presentaron una demanda contra terceros contra Waste Management y una reconvención en la cual alegaron que las peticionarias le adeudaban regalías por los desperdicios depositados en sus vertederos, entre otros incumplimientos al Special Waste Royalty

Agreement.

El 29 de septiembre de 2000 las partes suscribieron un acuerdo transaccional y le solicitaron al Tribunal de Instancia que dictara sentencia conforme el mismo.

En esa fecha, dicho Foro aprobó el acuerdo transaccional

y en su consecuencia dictó sentencia ordenando a Peñuelas

Valley y Waste Management a pagarle $900,000 a la parte recurrida. Además, ordenó a Waste Management a concederle a la parte recurrida la oportunidad de inspeccionar y auditar sus archivos y cualquier otra información relacionada con el volumen de desperdicios depositados para calcular con certeza las regalías adeudadas.

Así las cosas, la parte recurrida presentó la demanda de autos el 12 de julio de 2002. En la misma, dicha parte alegó que Peñuelas Valley

nunca certificó mediante declaración jurada del Gate Tipping Fee en efecto para el 1997 ni para los años subsiguientes. Además, alegaron que hasta esa fecha Peñuelas Valley ni Waste Management habían puesto a su disposición sus archivos para calcular las regalías adeudadas como lo acordaron mediante el acuerdo transaccional.

Finalmente, los recurridos reclamaron $62,652.15 y $322,157.09 en concepto de depósitos de desperdicio en los vertederos de Peñuelas

y Humacao, respectivamente, que les permitieran auditar

los archivos de Peñuelas Valley

y de Waste Management, según establecido en el acuerdo transaccional, y que Peñuelas Valley cumpliera con su obligación de certificar el Gate Tipping

Fee vigente durante el 1997 y años subsiguientes.

Por su parte, Waste

Management negó las alegaciones sustanciales

en su contra y...

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