Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Junio de 2011, número de resolución KLAN2011000674

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN2011000674
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Junio de 2011

LEXTA20110621-005 Ortolaza Bonilla v. Rabell Hernández

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

ZORAIDA ORTOLAZA BONILLA
APELADA
V.
RAMONITA RABELL HERNÁNDEZ
APELANTE
KLAN2011000674
Apelación de sentencia emitida por Tribunal de Primera Instancia, Sala de Vega Baja Civil Núm. CD2009-1136 Sobre: DESAHUCIO

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona

Méndez y la Juez Gómez Córdova.

Gómez Córdova, Juez Ponente.

SENTENCIA

En San Juan Puerto Rico, a 21 de junio de 2011.

I.

Compareció ante este Tribunal la Sra. Ramonita Rabell Hernández (apelante o señora Rabell) debidamente representada por abogada, mediante escrito de apelación civil presentado el 16 de mayo de 2011. Apeló la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Vega Baja (Instancia) el 24 de marzo de 2011, notificada y archivada en autos el día siguiente. En ella, Instancia declaró con lugar la demanda de desahucio, ordenando el desalojo de la apelante de la propiedad ocupada. Además, le condenó a pagar $3,000 por concepto de cánones vencidos de arrendamiento, intereses legales, costas y gastos, y $1,500 por concepto de honorarios de abogado por temeridad.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, desestimamos el presente recurso por falta de jurisdicción.

II.

El 3 de diciembre de 2009, la Sra. Zoraida Ortolaza Bonilla (apelada o señora Ortolaza) presentó una demanda de desahucio y cobro de cánones de arrendamiento adeudados en contra de la Sra. Ramonita Rabell

Hernández. Indicó en su demanda que la apelante ocupaba su propiedad en calidad de arrendataria mediante contrato verbal de arrendamiento, cuyos pagos mensuales eran de $150. Adujo además que se había otorgado entre las partes un contrato de opción de compra desde el año 2009 por cuyo concepto la apelante pagó $4,300. Además, la apelante se comprometió a realizar abonos mensuales de $400 hasta completar el valor de la propiedad fijado en $15,000. Ante la negativa de la apelante de cumplir con los abonos y los cánones de arrendamiento así como a desalojar la propiedad, la apelada solicitó que se decretara el desahucio, se ordenara el lanzamiento, además de ordenar el pago de las cantidades adeudadas que ascendían a $900, más las costas y los honorarios de abogado. A través de su abogada, la apelante contestó la demanda y luego de varios trámites procesales, se celebró el juicio.

Así las cosas, el 24 de marzo de 2011, notificada el 25 del mismo mes y año, Instancia dictó sentencia en la que declaróHa Lugar la demanda, ordenó el desalojo de la apelante en veinte (20) días y la condenó al pago de $3,000 por concepto de cánones vencidos de arrendamiento, más las costas, gastos e intereses legales. Además, impuso la cantidad de $1,500 por concepto de honorarios de abogado por temeridad. También expresó Instancia que si la apelante deseaba comprar la...

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