Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Agosto de 2011, número de resolución KLRA201100610
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201100610 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 26 de Agosto de 2011 |
LEXTA20110826-013 CC1 Limited
Partnership v. Gobierno Municipal de Vega Baja
| | REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente de la Junta de Subastas del Gobierno Municipal de Vega baja Subasta Número: 31-2010-2011 SOBRE: Impugnación de Subasta (máquinas de dulces, café, etc.) |
Panel integrado por su presidente el Juez Cabán García, la Jueza Medina Monteserín, la Jueza Cintrón Cintrón.
Medina Monteserín, Jueza
Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de agosto de 2011.
El 23 de junio de 2011, CC1 Limited Partnership h/n/c Coca-Cola PR Bottlers & PR Coffee Roaster, LLC h/n/c Yaucono (Coca-Cola o Recurrente) presentó recurso de revisión judicial respecto a la Resolución dictada por la Junta de Subastas del Gobierno Municipal de Vega Baja (Junta o Recurrida) el 18 de mayo de 2011, pero notificada el 24 de mayo, mediante la cual la Junta, que adjudicó por renglones la buena pro de la Subasta #31-2010-2011, adjudicó a Coca-Cola, los renglones de café y chocolate, y a
(
dulces, salados, bizcochos, dulces de barra, refrescos, maltas, jugos, agua y bebidas isotónicas). (Apéndice, página 59)
En unión al recurso de revisión, Coca-Cola presentó una Moción en Auxilio De Jurisdicción en la que solicitó la paralización de los procedimientos relacionados con la adjudicación de la subasta. Mediante Resolución del 24 de junio de 2011, declaramos Ha Lugar la moción de auxilio, y ordenamos a la Recurrida expresarse en veinte días. 1 Al presente, expirado por más de 30 días el plazo concedido, sin que compareciera la Junta, damos por sometida la causa, y la resolvemos al amparo de los fundamentos de Derecho que a continuación esbozamos.
El 14 de marzo de 2011, en un periódico de circulación general, la Junta publicó el Aviso de Subasta #31-2010-2011 sobre Instalación De Máquinas De Expendio En Varias Dependencias Del Municipio De Vega Baja. (Apéndice, página 1) Según el Aviso, las especificaciones de la Subasta estarían disponibles en la Oficina del Secretario Municipal en la Casa Alcaldía. La Junta se reservó el derecho de aceptar o rechazar una o todas las ofertas recibidas y de adjudicar la subasta bajo las condiciones que más convengan a los mejores intereses del Municipio de Vega Baja, Puerto Rico tomando en cuenta otros factores adicionales al precio. (Apéndice, página 1)
(Subrayado nuestro)
Del documento intitulado Especificaciones mínimas para la subasta #31-2010-2011, Instalación de máquinas de expendio (Apéndice, páginas 2-5), surge que los licitadores debían cumplir a cabalidad con el Pliego de Condiciones y Especificaciones de la subasta, el cual formaba parte de las Condiciones Especiales de las Especificaciones Mínimas. Asimismo, las Especificaciones aclaran que la Junta se reserva el derecho de adjudicar los servicios propuestos ajustándose a los mejores intereses de la Administración Municipal cumpliendo con todas las reglamentaciones vigentes aplicables. Las Especificaciones también detallan una lista de documentos que los licitadores debían entregar, entre los que figura Evidencia de Pago de Patente Municipal del municipio donde está ubicado el negocio. (Apéndice, página 2) También puntualizan las Especificaciones que [l]os licitadores que estén debidamente inscritos en el Registro [Ú]nico de Licitadores de la Administración de Servicios Generales (ASG), serán eximidos del requisito de presentación de los documentos arriba mencionados al someter copia correspondiente del Certificado de Elegibilidad emitido por dicha agencia, la cual tendrá que estar en vigencia a la fecha de apertura de los sobres sellados de la subasta. (Apéndice, página 3)
En lo que nos concierne, la partida de Refrescos, Maltas y Jugos de las Especificaciones, indica lo siguiente:
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Las máquinas que se instalarán tienen que ser modernas con facilidades de aceptar dólares (bill validator)
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Deberá pagar una comisión de 10% de la venta bruta y los productos de refrescos de lata se venderán a $0.75, las maltas se venderán a $0.85, los jugos se venderán a $0.75. Los refrescos de 20 onzas se venderán a $1.00 y deberá pagar una comisión de 15% de la venta bruta.
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La compañía agraciada de la adjudicación será responsable del costo, mantenimiento, seguridad y la buena operación de todas las máquinas que se instalen.
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La compañía debe ser responsable en mantener los productos frescos y de calidad en todo momento.
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El servicio debe ser en forma permanente durante los días y horas laborables. (subrayado nuestro) (Apéndice, página 4)
En la última página de las Especificaciones, la Recurrida declara: La Honorable Junta de Subastas se reserva el derecho de rechazar todas o cualquiera de las proposiciones recibidas que a su juicio no sean satisfactorias para los intereses del Municipio de Vega Baja, a la vez adjudicar la buena pro por otros que no sean los del precio solamente. (subrayado nuestro) (Apéndice, página 5)
De la Minuta de la Reunión Pre
Subasta, celebrada el 23 de marzo de 2011, conviene transcribir a continuación algunas anotaciones:
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ASISTENTES:
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Sra. Ivette Narváez-Emanuel Vending
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Sr. Angel I. Alicea-
WRI Vending -
Sra. Lynette
Mendoza-CC1
LTD Coca-Cola PR -
Sr. Pedro Rosado-Presidente
Interino Junta de Subastas
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Sr. Santiago Torres-Miembro
Junta de Subastas
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Sra. Wanda Dávila-Asistente Administrativa
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· Los licitadores que vayan a participar de esta subasta deben incluir con su propuesta el Certificado de Elegibilidad de la Administración de Servicios Generales vigente, con excepción de las declaraciones juradas que sí deben ser incluidas. Las declaraciones juradas pueden someterlas en una sola. De no tener este Certificado deben incluir todos los documentos que se les están requiriendo. Esto es un requisito para participar de la subasta.
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· Se pospone la subasta para el 7 de abril de 2011, a las 10:00 a.m. (énfasis en el original; subrayado nuestro) (Apéndice, página 6)
El 18 de mayo de 2011, pero depositada en el correo el 24 de mayo, la Junta dictó la Resolución en la cual adjudicó el Renglón Número 31 de la Subasta 2010-2011. (Apéndice, páginas 58-64) Inter alia, la Junta consignó lo siguiente en su Resolución:
Se recibieron las propuestas de Coca Cola PR Bottlers, Emanuel Vending y
WRI Vending Machines.La Junta de Subastas evaluó las propuestas sometidas en respuesta a la invitación y hemos llegado a las siguientes:
DETERMINACIONES DE HECHOS
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Al evaluar las propuestas [e]sta Junta de Subasta consideró la capacidad y conocimiento de cada proponente, su disponibilidad y experiencia en los materiales a suplirse.
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Al evaluar las propuestas sometidas, esta Junta de Subasta determinó lo siguiente:
a) Coca Cola PR Bottler ofrece al Municipio una comisión del 12% del total de las ventas en snacks
dulces, salados, bizcochos y dulces de barra. 25% en refrescos, jugos, agua, maltas y bebidas isotónicas. 15% en café y chocolate.
b) Emanuel Vending
ofrece una comisión del 15% del total de las ventas en snacks
dulces y salados, bizcochos y dulces de barra. 25% en refrescos, maltas, jugos, agua y bebidas isotónicas. 15% en café y chocolate.
c)
WRI Vending Machinesofrece una comisión del 25% del total de las ventas en todos los renglones. No cotizó el café y el chocolate.
d) La Junta de Subastas había indicado que se tomaría en consideración lo ofrecido en comisiones.
e) Luego del análisis correspondiente, la Junta de Subastas determinó que se adjudicará la subasta a [W]RI Vending Machines en los renglones de snacks
dulces, salados, bizcochos, dulces de barra, refrescos, maltas, jugos, agua y bebidas isotónicas. Que se adjudicará los renglones de café y chocolate a PR Coffee Roasters
Inc-Coca Cola Bottlers.
CONCLUSIONES DE DERECHO
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(a) Criterios de Adjudicación.
Cuando se trate de compras, construcciones o suministros de servicios la Junta adjudicará a favor del postor razonable más bajo. En el caso de ventas o arrendamiento de bienes muebles, e inmuebles adjudicará a favor del...
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