Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2011, número de resolución KLRA201100783

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100783
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2011

LEXTA20110831-043 Caribe General Constructors, Inc. v. Municipio de Aibonito

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y AIBONITO

CARIBE GENERAL CONSTRUCTORS, INC.
RECURRENTE
v.
MUNICIPIO DE AIBONITO
RECURRIDA
KLRA201100783
Revisión Administrativa procedente de la Junta de Subasta del Municipio de Aibonito Subasta Núm: 02-2011-2012

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Jueza Varona Méndez y la Juez Gómez Córdova.

Gómez Cordova, Juez Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2011.

I. Dictamen del que se recurre

Caribe General Constructors, Inc. (recurrente), nos solicita que revoquemos la adjudicación de la subasta hecha por la Junta de Subastas del Municipio de Aibonito (Municipio) a favor de López Brother´s

Construction, Inc. (López Brother’s), para la construcción del Estadio José R. Marrero. El Municipio ha comparecido para defender su adjudicación.

Luego de estudiar los alegatos de las partes, los documentos anejados a sus escritos y el derecho aplicable, determinados desestimar el presente recurso tras concluir que no contamos con jurisdicción para atenderlo. Esto debido a que la notificación de la adjudicación de la subasta no fue adecuada, pues no cumplió con todos los requisitos exigidos por la reglamentación aplicable y la jurisprudencia interpretativa.

II. Trasfondo procesal y fáctico

El 12 de julio de 2011 el Municipio publicó en el periódico El Vocero un Aviso de Subasta Pública para la Construcción del Estadio José R. Marrero

de Aibonito. En el referido aviso se convocó a los interesados a una reunión preliminar a celebrarse en la alcaldía. La asistencia a dicha reunión resultaba compulsoria para poder licitar en la subasta. En el aviso también se indicó que las propuestas se recibirían en o antes del 5 de agosto de 2011 fecha en la que se celebraría la subasta.

La reunión preliminar fue celebrada el 15 de julio de 2011. A ella asistieron un total de quince licitadores, entre ellos, la recurrente y López Brother’s. Como parte de los trabajos el Municipio describió en qué consistiría el proyecto y su diseño.

Asimismo, se contestaron las dudas y preguntas que tenían los licitadores.

Entre los detalles discutidos se mencionaron tres alternas1 deductivas. La primera consistía en obviar la pavimentación del estacionamiento y no ensanchar uno de los accesos al Coliseo. La segunda contemplaba el caso hipotético de que el Municipio no pudiese adquirir una residencia colindante con el Coliseo, la cual se proyectaba demoler dentro del plan original. La segunda alterna deductiva consistía en obviar la demolición de la residencia, no construir una plazoleta proyectada y dejar inalterados ciertos muros que existen en el lugar. La tercera y última alterna deductiva contemplaba que el Municipio comprase las butacas para el Coliseo y los licitadores solamente estimasen cuanto cobrarían por su instalación.

Se desprende de la minuta de la subasta, del 5 de mayo de 2011, que siete compañías presentaron propuestas para la construcción del Coliseo. Entre ellas, la recurrente presentó una propuesta que totalizó la cantidad base de $4,448,000.00. Asimismo, estimó las siguientes deducciones correspondientes a cada uno de las alternas deductivas: Deductiva Núm. 1 $200,000.00; Deductiva Núm. 2 $150,000.00; y Deductiva Núm. 3 $90,000.00. La propuesta de la recurrente luego de restadas todas las deductivas ascendió a $4,048,000.00.

Por su parte, la base de la propuesta de López Brother’s totalizó $4,515,922.00.

En ella incluyó los estimados para las deducciones bajo las tres alternas deductivas, a saber: Deductiva Núm. 1 $280,724.16; Deductiva Núm. 2 $278,625.33; Deductiva Núm. 3 $146,832.00. La propuesta de López Brother’s luego de contempladas las alternas deductivas sumó $3,809,741.46.

El mismo 5 de agosto de 2011 la Junta de Subasta se reunió para adjudicar la subasta del proyecto aquí aludido.

Al tomar en consideración los precios de las propuestas concluyó que la oferta de la compañía López Brother’s era la más baja, luego de restarle las tres alternas deductivas. Por consiguiente, adjudicó a su favor la subasta, manifestando además que la experiencia de trabajo con dicha compañía en el pasado había sido excelente y que contaba con vasta experiencia en el manejo de proyectos de igual naturaleza.

Inconforme con la adjudicación de la subasta, la recurrente acudió ante este Tribunal mediante recurso de revisión judicial en el que le imputa al Municipio haber errado al:

…no adjudicarle la subasta a Caribe General Constructors Inc., haciendo caso omiso al criterio y procedimiento para selección y adjudicación que estableció en sus propias instrucciones a los licitadores.

…adjudicarle la subasta a López Brother’s Inc. ya que la propuesta de este licitador no fue responsiva a los requerimientos del pliego.

…negar el fotocopiado de documentos en el expediente de subasta.

…omitir información en su carta de adjudicación para la subasta.

En su primer señalamiento de error, la recurrente sostuvo que el Municipio entregó a los licitadores un documento titulado Instrucciones a los Licitadores. Dichas guías requerían a los licitadores presentar un precio base para el proyecto y estimar además tres alternas deductivas. Argumentó que según las Instrucciones a los Licitadores, el Municipio haría su selección considerando inicialmente el precio base más bajo. Una vez seleccionado el postor, entonces consideraría sus alternas para decidir si optaba por hacer el proyecto tal como se había diseñado originalmente o si escogía alguna de las tres deducciones. Sin embargo, adujo que el Municipio obvió sus propias instrucciones y favoreció a López...

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