Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2011, número de resolución KLCE200901567

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200901567
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2011

LEXTA20110831-050 Miranda Colón v. Walgreens

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL de ARECIBO

Panel XI

YESENIA MIRANDA ROLÓN Recurrida v. WALGREENS Peticionaria KLCE200901567 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo Civil Núm.: C PE 2008-0103 Despido Injustificado Discrimen por sexo

Panel integrado por su presidente, el Juez Cabán García, el Juez Saavedra Serrano y la Jueza Cintrón Cintrón.1

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2011.

Comparece ante nos Walgreens de Puerto Rico, Inc. (Walgreens o la peticionaria), mediante el recurso de epígrafe, y nos solicita que revoquemos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo (el TPI) el 22 de septiembre de 2009 y notificada el siguiente día 28. Por medio de dicho dictamen, el TPI denegó una moción de desestimación presentada por la peticionaria por entender que en nuestro ordenamiento jurídico existe una causa de acción de discrimen por orientación sexual.

Analizado cuidadosamente este recurso, resolvemos expedir el auto solicitado y revocar la Resolución recurrida.

I

Según surge del expediente ante nos, el 27 de marzo de 2008 Yesenia

Miranda Rolón (Miranda Rolón

o la recurrida) presentó contra su patrono Walgreens

una querella de despido injustificado al amparo de la Ley núm. 80 de 30 de mayo de 1979, según enmendada, conocida como Ley de indemnización por despido injustificado, 29 L.P.R.A. sec. 185 et seq. (Ley núm. 80), y de discrimen

por razón de sexo bajo la Ley núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada, conocida como Ley contra el discrimen en el empleo, 29 L.P.R.A. sec. 146 et seq. (Ley núm. 100). Estas reclamaciones fueron presentadas al palio del procedimiento sumario establecido en la Ley núm. 2 de 17 de octubre de 1961, conocida como la Ley de procedimiento sumario de reclamaciones laborables, 32 L.P.R.A. secs. 318 et seq.

En su querella, la recurrida alegó que, luego de haber trabajado para la peticionaria por más de nueve (9) años, fue despedida injustificadamente bajo la alegación de que había violado el Reglamento sobre descuentos a empleados y familiares.

Adujo, además, que como es lesbiana fue objeto de comentarios discriminatorios por su preferencia sexual. Específicamente, expresó que cuando confrontó a un supervisor para preguntarle el por qué se tomaban acciones en su contra, este respondió que tenía que cambiar su forma de ser.

Asimismo, alegó que el día de su despido el mismo supervisor le sugirió que buscara de Dios y que este comentario fue hecho en obvia referencia a su orientación sexual.

Luego del correspondiente emplazamiento, el 2 de mayo de 2008 Walgreens

contestó la mencionada querella y negó las alegaciones en su contra.

Afirmativamente alegó que el despido fue por causa justificada y no discriminatoria. El mismo día, mediante moción independiente al amparo de la Regla 10.2 de las de Procedimiento Civil, presentó una solicitud de desestimación parcial en cuanto a la reclamación de discrimen

por orientación sexual.

En su solicitud de desestimación, Walgreens adujo que la querella incoada no aducía hechos que justificaran la concesión de un remedio en ley puesto que ni la Ley núm. 100 ni la Ley núm. 69 de 6 de julio de 1985, según enmendada, conocida como la Ley de discrimen en el empleo por razón de sexo, 29 L.P.R.A. sec. 1321 et seq. (Ley nún. 69), reconocían una causa de acción de discrimen por razón de preferencia u orientación sexual. Arguyó que la legislación aplicable prohibía exclusivamente el discrimen por razón de sexo, esto es, por ser hombre o por ser mujer, lo que es muy distinto a la preferencia sexual. Señaló, además, que los alegados cometarios

no eran suficientes en derecho para establecer prima facie algún tipo de discrimen.

Oportunamente, Miranda Colón se opuso a la aludida moción de desestimación y alegó que su preferencia u orientación sexual estaba protegida bajo la legislación que prohíbe el discrimen en el empleo por razón de sexo y género. Para fundamentar su contención, adujo que la Ley Núm. 17 del 22 de abril de 1988, según enmendada, conocida como Prohibición del hostigamiento sexual en el empleo, 29 L.P.R.A. secs.

155-155(l), aplicaba a personas del mismo sexo y que como este implicaba una modalidad de discrimen por razón de sexo, el discrimen por sexo incluía también el discrimen

por preferencia sexual. Asimismo, añadió que las expresiones alegadamente hechas por un supervisor que trabajaba para la peticionaria constituían un discrimen por religión y una violación al derecho constitucional a la intimidad y privacidad.

Esta oposición fue objeto de una réplica.

El 12 de junio de 2008 el TPI declaró no ha lugar la solicitud de desestimación parcial presentada por la peticionaria sin especificar fundamento alguno para dicha denegatoria. Así las cosas, el 21 de junio de 2008 Walgreens presentó una moción de reconsideración, la cual fue acogida por el foro primario.

Luego de varios trámites procesales, lo que incluyó la presentación de una querella enmendada para incluir una reclamación por difamación y represalias y la determinación de tramitar la querella por la vía ordinaria, el 22 de septiembre de 2009 el TPI dictó la Resolución recurrida. En dicho...

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