Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2011, número de resolución KLAN201100562

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201100562
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2011

LEXTA20110831-104 Garate Jorge v. Anymo Realty Corp.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

LUIS GARATE JORGE, POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES QUE TIENE CONSTITUIDA CON SU ESPOSA, ANYLOLY FERNANDEZ PADIAL
Demandantes-Apelantes
v.
ANYMO REALTY CORPORATION; ELECTROMEC CORPORATION; CHARLES HERRERO, SU ESPOSA EDIZZI VÁZQUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandados-Apelados
KLAN201100562
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan CIVIL NÚM.: K PE2010-1503 (904) SOBRE: Sentencia Declaratoria y Remedio Interdictal o Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2011.

Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones el señor Luis Gárate Jorge, su esposa, la señora Anyloly

Fernández Padial y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos (los apelantes) y nos solicitan que revisemos una sentencia emitida el 5 de octubre de 2010 por la Sala Superior de San Juan del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Mediante dicho dictamen el TPI denegó la solicitud de interdicto provisional de los apelantes y, además, ordenó a que la causa de acción de daños y perjuicios fuese dilucidada por la vía ordinaria.

Por los fundamentos expuestos a continuación, revocamos la sentencia apelada.

I.

El 16 de abril de 2010 los apelantes presentaron una demanda de injunction preliminar, daños y perjuicios y sentencia declaratoria contra Anymo Realty

Corporation1, Electromec Corporation2, el señor Charles Herrero y su esposa, la señora Edizzi

Vázquez, y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos. En la misma sostuvieron que el señor Luis Gárate Jorge (señor Gárate) y el señor Charles Herrero (señor Herrero) eran accionistas por partes iguales de las corporaciones Anymo Realty Corporation

y Electromec Corporation.

Añadieron que el 23 de diciembre de 2008 suscribieron un contrato simulado mediante el cual el señor Gárate le cedió el 50% de las acciones de ambas corporaciones al señor Herrero. Ello así, ya que tanto este como el señor Herrero temían que terceras personas incoaran reclamaciones contra el señor Gárate debido a que este había incumplido con varios proyectos debido a problemas financieros. Los apelantes arguyeron que el señor Gárate no recibió contraprestación alguna por la referida cesión de las acciones.

Las acciones del señor Gárate pertenecían a la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por este y su esposa, por lo que los apelantes alegaron que el contrato de cesión de las acciones de las compañías antes mencionadas no era válido, ya que carecía de objeto y consentimiento.

Luego de varios incidentes, el 22 de enero de 2010 el señor Herrero le cursó dos (2) misivas al señor Gárate indicándole que este ya no era accionista de Anymo Realty Corporation ni de Electromec Corporation debido a la cesión de las acciones. Los apelantes le solicitaron al TPI emitir una sentencia declaratoria, declarando nulo el contrato simulado, y expedir un interdicto preliminar o en la alternativa que les concedieran $10,000,000 en concepto de daños económicos.

El 8 de junio de 2010 el foro primario emitió una resolución señalando una vista para el 23 de junio de 2010, en la que se dilucidaría el recurso extraordinario.3

El 21 de junio de 2010 el señor Herrero y su esposa, la señora Edizzi Vázquez, y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos (los apelados) presentaron una moción de desestimación. En la misma señalaron que no era necesaria la firma de la señora Anyloly Fernández Padial, esposa del señor Gárate, en el contrato...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR