Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Septiembre de 2011, número de resolución KLCE201101042
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201101042 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2011 |
margarita cartagena ramos | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm.: K DP 2009-1233 (808) Sobre: Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Piñero González y la Juez Surén Fuentes
Piñero
González, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 15 de septiembre de 2011.
Comparecen el 12 de agosto de 2011 los señores Jorge I. Pelet Mejías y Lourdes del Toro Colón, y la Sociedad Legal de Gananciales que ambos integran (parte peticionara). La parte peticionaria solicita el que se expida auto de certiorari y revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), el 6 de julio de 2011, notificada el 14 de julio del año en curso. Mediante dicha Resolución el TPI
declara Ha Lugar la solicitud de descalificación del perito anunciado por el codemandado
Dr. Jorge I. Pelet Mejías, Dr. José R. Rodríguez Vega . Pág. 3 del Apéndice del Recurso.
Por los fundamentos que exponemos a continuación, se desestima la petición de certiorari por falta de jurisdicción por prematuro.
Como ha quedado dicho, el TPI emite resolución el 6 de julio de 2011, notificada el 14 de julio del año en curso, en la cual descalifica al perito anunciado por la parte aquí peticionaria. Sin embargo, es de pertinencia puntualizar que la parte peticionaria solicitó al TPI el 10 de agosto de 2011 reconsideración
sobre la referida resolución, mediante moción. Véase págs.
4-14 del Apéndice del Recurso. La parte peticionaria no sólo solicita reconsideración, sino que sostiene la existencia de justa causa para solicitarla, cuando ya había transcurrido el término de cumplimiento estricto de quince (15) días, dispuesto en la Regla 47 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V, R. 47 (2009).
Habida cuenta del tracto procesal relatado el 25 de agosto de 2011 emitimos Resolución requiriéndole a la Hon. Katheryne D. Silvestry, J. del Tribunal de Primera Instancia, el que nos informará en el término de cinco (5) días qué determinación había tomado, si alguna, a esa fecha (25 de agosto de 2011) sobre el reclamo de justa causa que contiene...
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