Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Septiembre de 2011, número de resolución KLCE201101027

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201101027
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2011

LEXTA20110923-09 Rivera Oquendo v. John Dewey College, Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

GUALBERTO RIVERA OQUENDO; NYDIA OQUENDO BORRERO y GUALBERTO RIVERA ALVAREZ
Peticionarios
v.
JOHN DEWEY COLLEGE, INC.; OMAR A. PÉREZ SOTO; LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR OMAR A. PÉREZ SOTO Y FULANA DE PÉREZ; DAYNA GONZÁLEZ; LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR DAYNA GONZÁLEZ Y FULANO DE GONZÁLEZ; ROSALIND MARTÍNEZ; LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR ROSALIND MARTÍNEZ Y JUAN DEL PUEBLO; JOHN DOE y JANE DOE; COMPAÑÍA ASEGURADORA XYZ, INC.
Recurrido
KLCE201101027
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan CASO NÚM.: K DP2004-1139 (802) SOBRE: Daños y Perjuicios; Negligencia de parte de maestros y colegio

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de septiembre de 2011.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el señor Gualberto

Rivera Álvarez, su esposa la señora Nydia Oquendo Borrero y el hijo de ambos Gualberto Rivera Oquendo

(los peticionarios) y nos solicitan que revisemos una resolución emitida el 7 de marzo de 2011 por la Sala Superior de San Juan del

Tribunal de Primera Instancia (TPI). Mediante dicho dictamen el TPI le ordenó a los peticionarios a satisfacer la suma de $1,446.16 a favor de John

Dewey College, Inc. en concepto de gastos incurridos en la preparación del juicio en su fondo so pena de desestimar con perjuicio la reclamación.

Por los fundamentos expuestos a continuación, expedimos el recurso de certiorari y revocamos el dictamen recurrido.

I.

El 16 de julio de 2004 los peticionarios presentaron una demanda de daños y perjuicios contra John Dewey

College, Inc. (John Dewey College), el señor Omar A. Pérez Soto (Director de la institución antes mencionada) y las señoras Dayna

González y Rosalind Martínez. En la misma alegaron que el señor Gualberto Rivera Oquendo

cursó estudios de artes gráficas en John Dewey College como parte del Programa de Rehabilitación Vocacional del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. Añadió, que fue maltratado y humillado verbal y psicológicamente por parte de los empleados docentes de dicha institución. Así pues, solicitan una remuneración económica de $150,000 en concepto de los daños sufridos por el señor Gualberto Rivera Oquendo

más $50,000 por alegadas angustias mentales a cada uno de los padres.

Luego de varios trámites procesales, el 11 de junio de 2010 se celebró la conferencia con antelación a juicio. Durante la misma el licenciado Ramón Reyes Oppenhaimer (licenciado Reyes), el entonces abogado de los peticionarios, le informó al tribunal que el perito de estos, el doctor Víctor Lladó (doctor Lladó), no estaría disponible para el juicio debido a que se encontraría

fuera del país.1

Por lo que, el licenciado Reyes solicitó un nuevo señalamiento para la vista en su fondo. El TPI denegó dicha solicitud. El juicio quedó pautado para el 23 de julio de 2010.

Los peticionarios se comunicaron con el doctor Lladó y lograron que este asistiera a la vista en su fondo.

Sin embargo, el 15 de junio de 2010 los peticionarios le solicitaron por escrito la renuncia de representación legal al licenciado...

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