Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2011, número de resolución KLRA201100271

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100271
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2011

LEXTA20110928-05 Oficina de Etica Gubernamental v. Díaz Pagani

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

OFICINA DE ÉTICA GUBERNAMENTAL RECURRIDO V. GUSTAVO DÍAZ PAGANI RECURRENTE KLRA201100271 REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Oficina de Ética Gubernamental NÚM. 09-137 SOBRE: VIOLACIÓN AL ART. 3.2 (a) DE LA LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL, ART. 6 (A)(1), (6), (7) Y 15 DEL REGLAMENTO DE ÉTICA GUBERNAMENTAL

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y Jueza Colom García

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 28 de septiembre de 2011.

El señor Gustavo Díaz Pagani nos solicita que revisemos una resolución emitida por la Oficina de Ética Gubernamental, en la cual se le impuso varias multas administrativas por la apropiación de unos fondos públicos y su manejo indebido.

Por los fundamentos que discutimos a continuación, se confirma la resolución recurrida.

I.

El Secretario del Departamento de Hacienda (Hacienda) designó al señor Díaz Pagani en el puesto de Oficial Pagador Especial en la Administración para el

Sustento de Menores (ASUME). Su nombramiento fue efectivo hasta el 1 de junio de 2001.

Posteriormente, el señor Díaz Pagani ocupó el puesto de Oficial Auxiliar Fiscal III en ASUME, desde el 15 de agosto de 2001 hasta el 23 de enero de 2007.

Como Auxiliar Fiscal III, el señor Díaz Pagani se encargaba de preparar y tramitar los pagos de las órdenes de compra que sometía ante Hacienda, para que se desembolsaran los fondos de una caja menuda que manejaba en ASUME. El fondo de la caja menuda incluía todos los incentivos federales y estatales del Programa para el Sustento para Personas de Edad Avanzada (PROSPERA), los cuales se utilizaban para comprar materiales, suministros y piezas.1 El señor Díaz Pagani

controlaba la documentación relacionada con los pagos a suplidores, verificaba los datos de los pagos efectuados, mantenía un registro numérico de los comprobantes de pagos emitidos por Hacienda, ofrecía información a suplidores y recogía los cheques en Hacienda.

Como Oficial Pagador, el señor Díaz Pagani controlaba el efectivo de la caja menuda, el cual ascendía a $3,300. El señor Díaz Pagani recogía los cheques en Hacienda y los cambiaba en efectivo. Luego, depositaba el efectivo en la caja menuda de ASUME. Hacienda emitía los cheques a nombre de ASUME y del señor Díaz Pagani.

Según los documentos que obran en el expediente administrativo, el señor Díaz Pagani, como Oficial Pagador, utilizaba dos métodos para realizar los desembolsos de los fondos. El primer método para el desembolso consistía en el mecanismo de Petición de Fondos (Modelo SC-760). Se sometía la petición en Hacienda y, una vez se aprobaba el desembolso, la agencia emitía un cheque a nombre del Oficial Pagador y de ASUME por el importe mensual solicitado.

El señor Díaz Pagani recibía el cheque y lo cambiaba en efectivo en una institución bancaria.

El segundo método para obtener los desembolsos era mediante la preparación de un informe mensual, denominado como Liquidación de Petición de Fondos (Modelo SC-759 A). El Oficial Pagador se encargaba de preparar este formulario, que tenía que ser aprobado por el Director de Finanzas o el Supervisor de Pagaduría.

El mecanismo de Liquidación solo permitía que se efectuaran desembolsos de la caja menuda hasta un máximo de $75. Cualquier gasto en exceso del límite tenía que ser aprobado por Hacienda, mediante un comprobante de desembolso.

La Gerente de Contabilidad de ASUME mantenía un récord de las peticiones de fondos que el señor Díaz Pagani sometía mediante el uso de los formularios. ASUME llevó un registro de las facturas y los pagos que se efectuaron a los suplidores.2

El expediente administrativo refleja que, el 5 de junio de 2006, el Administrador de ASUME presentó una querella en la Oficina de Auditoría Interna del Departamento de la Familia (Oficina de Auditoría). Ello, con el propósito de que la agencia iniciara una investigación sobre un posible esquema de apropiación ilegal de fondos públicos.

La Oficina de Auditoría, el 29 de diciembre de 2006, emitió un informe sobre los hallazgos de la investigación y sus recomendaciones. La Oficina de Auditoría analizó las transacciones que se realizaron con los fondos de la caja menuda, desde mayo de 2004 hasta mayo de 2006. Luego de examinar el registro de las transacciones, los formularios de peticiones de fondos, los pagos a suplidores, las facturas de servicios y compras, y los cheques de Hacienda, entre otros documentos, la Oficina de Auditoría determinó lo siguiente:

La evidencia obtenida tiende a indicar que el señor Díaz Pagani, OPE de la ASUME pudo haber incurrido en serias desviaciones de ley y de la reglamentación aplicable a las operaciones relacionadas al manejo de fondos de [la] caja menuda. Ello, posiblemente al haber manejado fondos indebidamente por $35,832. Para esto, incluyó en varias Liquidaciones, copia de facturas originales ya procesadas en el área de pre

intervenciones y pagadas mediante comprobantes de desembolsos, facturas, recibos y conduces que aparentan estar alterados. También, incluyó como justificante de gasto, copia de una misma factura, recibo o conduce en varias Liquidaciones de fondos.3

(Énfasis en el original.)

La Oficina de Auditoría especificó el número de las veces que se utilizó las peticiones de desembolsos para la apropiación indebida de los fondos púbicos. Además, incluyó algunas de las fechas en que se efectuaron estas transacciones, unos ejemplos de las facturas que justificaron los gastos indebidos, y los detalles de cada uno de los esquemas que se utilizaron para el manejo y apropiación indebida de los fondos de la caja menuda. Ante tales hallazgos, la Oficina de Auditoría recomendó que el informe se refiriera al Secretario de Justicia, al Contralor de Puerto Rico, a la Oficina de Ética Gubernamental y al Departamento de Hacienda.

ASUME inició un proceso administrativo de destitución contra el señor Díaz Pagani por malversación y uso indebido de fondos públicos.4

El señor Díaz Pagani fue destituido del puesto de Auxiliar Fiscal III, el 23 de enero de 2007.

La Procuradora de la Oficina de Ética Gubernamental presentó una querella contra el señor Díaz Pagani, el 2 de diciembre de 2008. Alegó que el querellado se apropió indebidamente de $35,208 de los fondos que manejaba en ASUME. Además, indicó que las facturas de la caja menuda reflejaron un desembolso ilegal de fondos públicos para la compra de bebidas alcohólicas, comidas para mascotas y perfumes, entre otras irregularidades. Ante ello, sostuvo que el señor Díaz Pagani

violó los incisos (a) y (c) del Artículo 3.2 de la Ley de Ética Gubernamental, 3 L.P.R.A. sec. 1822 (a) y (c), así como el Artículo 6(A) del Reglamento de Ética Gubernamental, entre otras disposiciones reglamentarias, por lo que solicitó la imposición de sanciones.

El señor Díaz Pagani contestó la querella y negó los hechos imputados. Adujo que la Oficina del Contralor nunca le imputó irregularidades durante el periodo que trabajó como Oficial Pagador. Alegó, además, que fue destituido injustificadamente de su puesto.

Celebrada la vista, el Oficial Examinador rindió un informe el 2 de diciembre de 2009. El Oficial Examinador recomendó que se impusiera varias multas por infracciones a la Ley y al Reglamento de Ética Gubernamental, las cuales totalizaron $56,000. Concluyó que el señor Díaz Pagani

utilizó su cargo para apropiarse de $35,208 en fondos públicos y afectó adversamente la integridad y honestidad de las instituciones gubernamentales.

La prueba testifical contó con el testimonio del investigador de la Oficina de Auditoría Interna, el señor Manuel E. Torres. Se admitió en evidencia el informe de la Oficina de Auditoría y el voluminoso expediente de ASUME. Ante la voluminosa prueba documental, el Oficial Examinador aclaró lo siguiente en su informe:

La prueba de las acciones del Sr. Díaz Pagani es voluminosa y, por este motivo, no reproducimos la totalidad de la misma en este informe, en adición a que tal ejercicio no aportaría elementos necesarios a la comprensión del esquema usado y solo serviría para particularizar los diferentes eventos probados, cuya evidencia consta en el record. Basta para el resumen de prueba que aquí realizamos, el explicar las modalidades del esquema utilizado para la aprobación de los fondos del Estado.5

Al examinar el informe de la Oficina de Auditoría, el Oficial Examinador concluyó que el señor Díaz Pagani realizó 43 liquidaciones acreditadas en el récord, para apropiarse de $35,208 en fondos públicos. El Oficial Examinador detalló los diversos esquemas que el señor Díaz Pagani utilizó para la apropiación y el manejo ilegal de estos fondos.

El primero de los esquemas consistió en duplicar el requerimiento de fondos, para que el suplidor cobrara por el servicio o por los bienes vendidos, mientras que el señor Díaz Pagani se apropiaba del pago duplicado. El segundo...

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