Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2011, número de resolución KLAN201100717

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201100717
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2011

LEXTA20110929-29 Bonilla v. Maltes Mercado

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

LUIS ANTONIO BONILLA, LEONOR ARIAS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES
Demandantes- Apelantes
v.
GUILLERMINA MALTES MERCADO, S, Y y Z
Demandados-Apelados
KLAN201100717
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan CIVILNÚM.: K DP2009-0665 (804) SOBRE: Embargo Ilegal Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Ramírez Nazario y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2011.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el señor Luis Bonilla, su esposa, la señora Leonor

Arias, y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos (los apelantes) y nos solicitan que revisemos una sentencia emitida el 7 de abril de 2011 por la Sala Superior de San Juan del Tribunal de Primera Instancia (TPI).

Mediante dicho dictamen el TPI desestimó la demanda de embargo ilegal y daños y perjuicios presentada por los apelantes.

Por los fundamentos expuestos a continuación, revocamos la sentencia apelada.

I.

El 12 de mayo de 2009 los apelantes presentaron una demanda de embargo ilegal y daños y perjuicios en contra de la señora Guillermina

Maltés Mercado (señora Maltés). En la misma alegaron que el 20 de agosto de 1999 la señora Maltés había entablado un pleito en cobro de dinero en contra de los apelantes, el señor Armando Marrero y la Casa Recreativa Bonmar1, Inc., en el que reclamó $50,000 en concepto de servicios de bienes raíces. Sostuvieron que posteriormente el TPI dictó sentencia en rebeldía en su contra, por lo que la señora Maltés obtuvo una orden de embargo para el Apartamento 403 del Condominio Torre del Mar ubicado en el Municipio de San Juan.2 Dicha propiedad sería vendida en pública subasta. Plantearon que a pocos días antes de celebrase la subasta pública advinieron en conocimiento del proceso llevado en su contra. En consecuencia, presentaron una moción solicitando la paralización de la subasta, la cual fue declarada no ha lugar. Así el trámite, recurrieron ante este Foro en donde se dejó sin efecto la sentencia en rebeldía y la venta en pública subasta de la propiedad antes mencionada. Además, se le ordenó al foro primario dilucidar la controversia en sus méritos.

Posteriormente, los apelantes presentaron una reconvención sobre embargo ilegal. Luego de celebrado la vista en su fondo, el 30 de abril de 2008, notificada y archivada el 12 de mayo de 2008, el foro de instancia dictó sentencia condenando a la Casa Recreativa Bonmar, Inc. a pagar la suma de $50,000 en concepto de servicios prestados, interés legales sobre la totalidad de la sentencia a partir de 30 de enero de 2006, más $5,000 en concepto de

costas y honorarios de abogado. De dicho dictamen surge que los apelantes y la señora Maltés habían desistido de las acciones interpuestas entre sí.3

Por su parte, el 26 de mayo de 2009 la señora Maltés presentó su contestación a la demanda negando las alegaciones esenciales de la misma.

El 26 de mayo de 2010 la señora Maltés presentó unaMoción Solicitando Desestimación y/o Sentencia Sumaria, en la que arguyó que la presente reclamación constituía cosa juzgada, ya que los apelantes con anterioridad habían instado una causa de acción de embargo ilegal y habían desistido de la misma. En la alternativa adujo que dicha reclamación había prescrito. El 15 de marzo de 2011 los apelantes presentaron suRéplica a la Solicitud de Sentencia Sumaria. En la misma expresaron que inicialmente habían desistido de su causa de acción de embargo ilegal, ya que la misma se configuraría cuando adquirieran una sentencia a su favor. El 23 de marzo de 2011 la señora Maltés presentó suOposición a Réplica a la Solicitud de Sentencia Sumaria, en la que planteó que no se configuró la acción de embargo ilegal, ya que el TPI no había dictado sentencia a favor de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR