Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2011, número de resolución KLAN201100048

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201100048
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2011

LEXTA20110930-099 Montalvo Luciano

v. Ballester Rosa

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

MIGUEL MONTALVO LUCIANO Demandante-Apelado V. ALBERTO BALLESTER ROSA, PABLO BALLESTER FELICIANO
Demandados-Apelantes
KLAN201100048 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso Núm.: JDP2008-0362 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, y el Juez Hernández Serrano y la Jueza

Birriel Cardona.

López Feliciano, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 30 de septiembre de 2011.

Los apelantes, los señores Alberto Ballester Rosa y Pablo Ballester Feliciano, nos solicitan que revoquemos una sentencia dictada por la Sala Superior de Ponce del Tribunal de Primera Instancia (TPI).

En la sentencia apelada dicho foro les impuso la obligación solidaria de indemnizar por daños y perjuicios al apelado, el señor Miguel Montalvo Luciano.

El 31 de mayo de 2011, ante el reiterado incumplimiento de los apelantes con nuestras órdenes para que presentaran una exposición narrativa de la prueba estipulada, resolvimos disponer del recurso sin el beneficio de la reproducción de la prueba oral y le ordenamos al apelado presentar su alegato, lo que oportunamente hizo.

Estando en posición de disponer del recurso, resolvemos.

I.

Los hechos e incidentes esenciales y pertinentes para disponer de este recurso, consignados por el TPI en su sentencia, son los siguientes:

Para la fecha del 26 de junio de 2007, el señor Miguel Montalvo Luciano trabajaba como Asistente de Gerente de la empresa Home Depot de Puerto Rico. La sucursal en la cual trabajaba el demandante estaba localizada en el Barrio El Tuque de Ponce.

El demandante es casado, tiene un hijo menor de edad y es graduado del Recinto Universitario de Mayagüez con un Bachillerato en Administración de Empresas y concentración en Gerencia.

El día 26 de junio de 2007, a eso de la 1:30 de la tarde, aproximadamente, el señor Pablo Ballester Feliciano

llamó a la tienda Home Depot

para inquirir sobre una garantía de un generador eléctrico que había comprado allí. La llamada fue atendida por el señor Miguel Montalvo

Luciano.

El señor Montalvo le explicó al señor Ballester que el equipo que había comprado no tenía garantía con la tienda y que tenía que llevarlo al centro de servicio localizado en Carolina, Puerto Rico. Le explicó que la garantía a nivel de tienda era de sólo treinta días y el equipo había sido comprado hacia casi dos (2) años.

El señor Pablo Ballester insistió en que Home Depot tenía que honrarle la garantía porque el compró el equipo allí. Le dijo además que él era abogado y que estaba grabando la conversación. Ante la actitud del señor Ballester el señor Montalvo y su afirmación de que estaba grabando la conversación sin autorización de Montalvo, éste dio por terminada la llamada y colgó el teléfono.

A eso de las 2:30 p.m. un empleado del área del cuadro telefónica llamó al señor Montalvo para indicarle que una persona que estaba en la tienda estaba preguntando por él. En ese momento el señor Montalvo se disponía salir de la tienda a visitar a un cliente junto con sus supervisores.

La persona que buscaba al señor Montalvo

resultó ser Pablo Ballester Feliciano, la misma persona con quien Montalvo había conversado por teléfono anteriormente sobre la garantía de una planta eléctrica. El señor Ballester Feliciano estaba acompañado por su hijo, Alberto Ballester

Rosa. El señor Montalvo había sido informado previamente que la persona que lo buscaba estaba muy alterado y agresivo.

Como parte de su responsabilidad de servicio con los clientes el señor Montalvo se dirigió al área donde se encontraba el [señor]

Pablo Ballester, no sin antes solicitar fuese acompañado por el supervisor Orlando Negrón, quien se encontraba en la oficina del frente.

Al llegar al lugar donde se encontraba el cliente, éste se identificó como Pablo Ballester a lo que Montalvo

le extendió la mano en gesto de saludo.

En forma agresiva y amenazante y dándole con su dedo índice en el pecho, el señor Pablo Ballester

le preguntó al demandante que si él fue quien le enganchó el teléfono.

Ante la actitud agresiva de Pablo Ballester Montalvo trató de evitar que Ballester

siguiera agrediéndolo con su índice derecho, lo que aprovechó el señor Alberto Ballester para repentinamente y sin mediar palabra ni provocación alguna, golpear al señor Montalvo. Montalvo recibió un golpe en el área del ojo derecho, que lo hizo perder el balance. Luego Alberto Ballester volvió y lo golpeó en la frente y en el brazo derecho.

En el momento de la agresión estaban presentes varios empleados, quienes intervinieron y evitaron que el co-demandado Alberto Ballester continuara agrediendo al demandante.

A consecuencia de la agresión de la cual fue objeto Montalvo, se produjo una herida abierta encima del ojo derecho. Por instrucciones de paramédicos que llegaron al lugar, el demandante fue llevado al hospital Dr.

Pila de Ponce donde fue atendido por el Dr. Marrero, quien le tomó tres puntos de sutura. Posteriormente fue atendido por médicos del FSE y por un oftalmólogo en Mayagüez

Además de tener que recibir atención médica, el demandante sufrió durante varios días, fuertes dolores en las áreas del cuerpo en las que recibió los golpes, perdió siete días de trabajo y tuvo el área del...

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