Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2011, número de resolución KLCE201101142
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201101142 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2011 |
LEXTA20110930-10 Rosado Santiago v. New Concept
BBQ, Inc.
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan SOBRE: ACCIÓN CIVIL, DAÑOS POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO Caso Núm. K AC2011-0648 (503) |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres.
Hernández Sánchez, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2011.
Los demandantes, aquí peticionarios, Jesús Rosado Santiago, Marilyn Vigoreaux Eleutice y Rubén Rosado Vigoreaux, nos solicitan que revisemos la resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI) emitida el 10 de agosto de 2010. Señalan los peticionarios que incidió el TPI al denegar la solicitud de los demandantes para que se anotara la rebeldía a los demandados y se emitiera una sentencia en rebeldía, sin la celebración de vista evidenciaria. Examinado el trámite procesal, procedemos a denegar la expedición del auto de certiorari.
En algún momento previo al 12 de julio de 20111, los aquí peticionarios presentaron una demanda contra New
Concept BBQ, Inc., Audeliz Lebrón Rosa, su esposa y sociedad de gananciales. En esta alegan que al momento de la venta de ciertos bienes inmuebles a la parte demandada, esta última había retenido la suma de $19,000.00 para el pago de una deuda a la Autoridad de Energía Eléctrica (
El 12 de julio de 2011 los demandados presentaron una moción mediante la cual el abogado asumía la representación legal de los demandados y solicitaba una prórroga para contestar. En dicha moción el abogado señalaba que había sido contratado recientemente, que había estado investigando los hechos y que solicitaba una prórroga de treinta días para poder presentar una contestación fundamentada a la demanda.
Esa misma fecha, 12 de...
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