Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2011, número de resolución KLRA201100263
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201100263 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2011 |
| | REVISIÓN procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos SOBRE: INELEGIBILIDAD A LOS BENEFICIOS DE COMPENSACIÓN POR DESEMPLEO Sección 4 (b) (1) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico APEL. NÚM. A-0437-10 S. S. NÚM. XXX-XX-2098 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández
Sánchez y el Juez Ramos Torres.
Hernández
Sánchez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2011.
El señor Moisés Soler Soto comparece por derecho propio y nos solicita que dejemos sin efecto la decisión del Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos que le denegó los beneficios del seguro por desempleo desde el 15 de agosto de 2010 hasta el 25 de septiembre del mismo año. El Secretario utilizó como fundamento para denegarle tales beneficios, el hecho de que el señor Soler no se encontraba disponible para trabajar.
Luego de evaluar los méritos del recurso a la luz del derecho aplicable, resolvemos confirmar el dictamen recurrido.
En el año 2010 el señor Soler solicitó los beneficios por desempleo.1
En una entrevista que posteriormente se llevó a cabo ante el Negociado de Seguridad de Empleo, informó que estudiaba un bachillerato en Música en la Universidad Interamericana de Aguadilla, con una matrícula activa desde el 14 de septiembre de 2010 hasta el 10 de diciembre de ese mismo año. En la entrevista, el señor Soler indicó que no estaba dispuesto a abandonar sus estudios, pero que podía ajustar su horario para trabajar a tiempo parcial. En esa ocasión, el entrevistador le señaló que ese curso universitario no estaba incluido en el listado de adiestramientos aprobados por el Secretario. También se le indicó al señor Soler que como no estaba dispuesto a dejar sus estudios, limitaba sus oportunidades para emplearse e incumplía con el requisito de disponibilidad que exige la ley. Por estas razones que le fueron informadas, el Negociado posteriormente le denegó los beneficios por desempleo.
El señor Soler solicitó revisión ante una árbitro del Departamento del Trabajo y, luego, ante la oficina del Secretario. Ambos confirmaron la denegatoria de beneficios. Cabe indicar que, en la vista ante la árbitro, el señor Soler manifestó que estaba dispuesto a trabajar y, que de ser necesario, abandonaría sus estudios porque necesitaba pagar sus deudas. Según las determinaciones de la árbitro, el señor Soler manifestó que la entrevistadora del...
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