Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2011, número de resolución KLRA201100907

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100907
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2011

LEXTA20110930-40 Correa López v. ELA de P.R.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

MARTA CORREA LÓPEZ
Recurrente
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO; PROGRAMA DE PASE EXTENDIDO POR CONDICIÓN DE SALUD; ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
Recurridos
KLRA201100907
REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente CASO NÚM.: SOBRE:

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2011.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones la señora Marta Correa López (señora Correa) y nos solicita que revisemos una resolución emitida el 15 de agosto de 2011 por el Programa de Desvíos y Comunitarios

del Negociado de Rehabilitación y Tratamiento de la Administración de Corrección (el Programa). Mediante dicho dictamen el Programa le denegó a la señora Correa su solicitud de reconsideración de pase extendido por condición de salud.

Por los fundamentos expuestos a continuación, desestimamos el recurso falta de jurisdicción.

I.

El 21 de octubre de 2010, la señora Correa presentó una “Petición para Referido, Evaluación y Consideración al Programa de Pase Extendido por Condición de Salud Ley 25/27”. En la misma expresó que padecía de una malformación arteriovenosa cerebral. En consecuencia, fue tratada en el Centro de Cirugía Neuroendovascular

de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Ciencias Médica, en donde fue embolizada y recibió radiocirugía.

Posteriormente, desarrolló necrosis posradiación, lo cual le ocasionó debilidad en el lado izquierdo del cuerpo y convulsiones incontrolables. Añadió que las personas que sufren de dicha condición pueden presentar crisis epilépticas y problemas neurológicos permanentes debido a las hemorragias que están expuestas a sufrir. Ante dicho cuadro clínico, solicitó ser referida al Programa de Pase Extendido por Condición de Salud, Ley 25/27.

Acompañó su solicitud con tres (3) cartas del doctor Rafael Rodríguez Mercado, el cual recomendaba que la señora Correa fuese trasladada a un lugar adecuado para su recuperación.

El 18 de noviembre de 2010, notificada y archivada el 3 de diciembre siguiente, el Programa de Pase Extendido por Condición de Salud de la Administración de Corrección emitió una resolución denegándole a la señora Correa el pase extendido por condición de salud.1 Oportunamente, el 15 de...

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