Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2011, número de resolución KLAN201100971

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201100971
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2011

LEXTA20110930-56 Bonilla Méndez v. Adm. de Terrenos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

MIGDALIA BONILLA MÉNDEZ
Apelante
v.
ADMINISTRACIÓN DE TERRENOS; X,Y y Z
Apelados
KLAN201100971
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm. KPE2010-1902 Sobre: RECLAMACIÓN DE SALARIOS, PROCEDIMIENTO SUMARIO LABORAL

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, el Juez Vizcarrondo Irizarry y la Jueza Colom García

Colom

García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2011.

Hechos

La Sra. Migdalia Bonilla

Méndez ocupó el puesto de confianza de Directora de Auditoría Interna en la Administración de Terrenos (AT) desde el 1ro. de febrero de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2008 fecha en que fue efectiva su renuncia, presentada el 2 de diciembre de 2008. La Sra. Bonilla Méndez no tenía derecho a reinstalación en el servicio de carrera de la Administración de Terrenos ni en ninguna otra agencia.

El 24 de noviembre de 2008 la Junta de Gobierno de la AT emitió la Resolución Núm.

1705 que lee:

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

ADMINISTRACIÓN DE TERRENOS DE PUERTO RICO

SAN JUAN PUERTO RICO

RESOLUCIÓN NÚM. 1705

POR CUANTO, los empleados y empleadas del Servicio de Confianza de la Administración han desempeñado un excelente equipo de trabajo que ha contribuido a que la Administración haya podido cumplir con sus metas y aportado al desarrollo económico del país.

POR CUANTO, conforme al Artículo 7 de la Ley Orgánica de la Administración, Ley Núm. 13 del 16 de mayo de 1962, se establece que el Director Ejecutivo tendrá la facultad para nombrar, establecer la remuneración y responsabilidades de todos sus funcionarios y autoriza a la Junta de Gobierno, y al Director Ejecutivo por delegación, a adoptar la política, reglamentos y procedimientos necesarios para la administración de sus recursos humanos.

POR CUANTO, de acuerdo a lo expresado el Director Ejecutivo recomendó a la Junta de Directores que conceda una bonificación a los empleados y empleadas del Servicio de Confianza sin derecho a reinstalación en el Servicio de Carrera de la Administración, que trabajen hasta el 31 de diciembre de 2008 o hasta el 2 de enero de 2009, que estén activos a la fecha de aprobación y que al momento de su concesión hayan prestado sus servicios de forma ininterrumpida por un período mayor de dos años. La bonificación recomendada es de un (1) mes de salario por cada año trabajado en el servicio de confianza hasta un máximo de cuatro (4) años.

POR CUANTO, la bonificación le correspondería a los empleados y empleadas que actualmente ocupan los puestos de Subdirector Ejecutivo, Directora de Recursos Humanos, Directora de Auditoría y Chofer. La bonificación total aproximadamente ascendería a $95,000.00, y la Administración cuenta con el presupuesto para dicha bonificación.

POR CUANTO, la Junta de Gobierno acogió la recomendación del Director Ejecutivo.

POR TANTO, RESUELVASE por la Junta de Gobierno de la Administración de Terrenos autorizar al Director Ejecutivo conceder a los empleados de confianza de la Administración sin derecho a reinstalación, que trabajen hasta el 31 de diciembre de 2008 o hasta el 2 de enero de 2008, una bonificación de (1) mes de diciembre de 2008 o hasta el 2 de enero de 2008, una bonificación de (1) mes de salario por cada año trabajado en el servicio de confianza hasta un máximo de cuatro (4) años.

Certificamos que ésta es la Resolución fiel y exacta aprobada por la Junta de Gobierno en Reunión del 24 de noviembre de 2008.

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Ing. Bartolomé

Gamundi CPA Lillian Silva

Presidente, Junta de Gobierno Secretaria, Junta de...

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