Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Octubre de 2011, número de resolución KLAN201101048

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201101048
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2011

LEXTA20111019-01 Viota

Gallery Corpo. V. De Jesús Saldaña

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN, AIBONITO Y HUMACAO

VIOTA GALLERY CORPORATION Demandante-Apelada Vs. AGNES DE JESÚS SALDAÑA, CARLOS BELGODERE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados-Apelantes KLAN201101048 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Guaynabo Caso Núm.: CM09-018 Sobre: Cobro de Dinero (Regla 60)

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y la Juez Gómez Córdova

García García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de octubre de 2011.

Comparece Carlos M. Belgodere (en adelante Belgodere) para solicitarnos la revocación de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Guaynabo (en adelante el TPI), el 24 de junio de 2011. Mediante ésta, declaró con lugar la acción en cobro de dinero instada por Viota Gallery Corporation (en adelante Viota) en contra de Belgodere y se le condenó al pago de la cantidad de $719.50, más los intereses acumulados.

Belgodere se opone a la Sentencia arguyendo que no podía ser responsable, ya que su relación con Viota

terminó cuando devolvió las obras de arte a la referida galería y porquelos términos del contrato fueron renegociados con la

codemandada, Agnes De Jesús Saldaña (en delante De Jesús), sin consentimiento. En consecuencia, sostiene que permitir que proceda a realizar el pago, implicaría un enriquecimiento

injusto de Viota, ya que De Jesús consintió a sustituirlo como acreedor.

Dado que en el presente caso, ninguna de las sentencias impugnadas da finalidad a la totalidad de las controversias, estamos ante la impugnación de una determinación interlocutoria. Así las cosas, acogemos el recurso como un certiorari y expedimos el auto, por lo que procedemos a resolver.

I

A finales de 2008 Viota instó una demanda en cobro de dinero en contra de Belgodere, De Jesús y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. Luego de varios trámites procesales, el 19 de mayo de 2010 el TPI dictó Sentencia Parcial, en la que declaró con lugar una solicitud de desistimiento voluntario de la acción en contra de DeJesús. Cabe destacar, que esta sentencia parcial no indicó las expresiones requeridas por la Regla 42.3 de las de Procedimiento Civil de 2009, 32A L.P.R.A. Ap. V, R. 42.3, respecto a que no existía razón por...

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