Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Octubre de 2011, número de resolución KLAN201001876

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201001876
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2011

LEXTA20111020-01 Rivera Borges v. Rosado Rivera

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

NYDIA RIVERA BORGES JOSÉ MANUEL ROSADO PERALES Peticionario Apelado el segundo EX PARTE ROCIO ROSADO RIVERA Apelante
KLAN201001876
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K DI86-1219 (702) Sobre: Divorcio

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, la Juez Ortiz Flores y la Juez Surén Fuentes.

Morales Rodríguez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de octubre de 2011.

El 25 de octubre de 2007, el apelado José Manuel Rosado Perales se comprometió mediante estipulación a pagar una pensión alimentaria de $500 a favor de su hija Rocío Rosado Rivera. A esa fecha ella era mayor de edad. Surge del expediente que esa pensión se estableció para el pago de estudios de medicina veterinaria que Rosado Rivera cursaba. Se dispuso que “la pensión se dejará sin efecto cuando la joven termine sus estudios en medicina veterinaria”. A la fecha de la estipulación, sin embargo, Rosado Rivera no cursaba esos estudios; había terminado su bachillerato. Estaba en el proceso de ser admitida a

universidades en Estados Unidos. Mientras tanto realizó trabajos remunerados. Comenzó estudios de veterinaria en República Dominicana en 2010.

Durante el tiempo en que no estudiaba, Rosado Rivera requería judicialmente el pago de la pensión establecida. El 8 de julio de 2010 Rosado Perales pagó $6,000 en atrasos y pidió un plan de pagos para lo que restara de pensión no pagada.

También solicitó el relevo de la pensión alimentaria estipulada. Alegó:

  1. El único sustento que tiene el señor José Manuel Rosado Perales es su trabajo como representante autorizado de seguros.

  2. Desde hace dos (2) años su oficina ha mermado su ingreso por razón de la crisis económica existente.

  3. Hay aviso final de intención de embargo sobre la propiedad de Rosado Perales por el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos.

  4. La alimentista tiene 27 años. Es necesario que su representante legal nos provea lo siguiente:

  1. Transcripción de créditos de la Universidad de Puerto Rico.

  2. Cursos que tomó posteriormente a su graduación de la UPR.

  3. Transcripción de créditos de la Universidad en la que estudia actualmente. Cuántos créditos ha aprobado y cuál ha sido su carga académica.

  4. Requerimiento de admisión si ella trabajó en alguna clínica veterinaria y cuánto fue su ingreso.

  5. Cuánto aporta su madre a la manutención de la hija y prueba de esa aportación desde que comenzó sus estudios universitarios actuales.

  6. Diga si recibe alguna ayuda económica adicional o si ha solicitado ayuda estatal, federal u otra.

  7. Diga que tiempo ha estado sin estudiar después de su graduación de la UPR.

El 2 de septiembre de 2010, en una vista de seguimiento, se informó que el alimentante estaba al día con el pago de los alimentos. Al mes siguiente, en el contexto de la solicitud de relevo presentada, el Tribunal de Primera Instancia celebró la vista en su fondo para determinar si se cumplían los requisitos jurisprudenciales para mantener vigente la pensión alimentaria para estudios universitarios. Escuchada la prueba, el Tribunal de Primera Instancia emitió sentencia con las siguientes determinaciones sobre el testimonio de la estudiante Rosado Rivera, única testigo de hechos:

Testifica que estudia Medicina Veterinaria en la Universidad Nacional Pedro Enríquez Ureña en la República Dominicana.

Expuso que estudia desde enero de 2010. Los requisitos de admisión eran tener cursos básicos en biología, química, física. Debía tener también un grado de pre veterinaria. Ella lo estudió en la Universidad de Puerto Rico en Río Piedras desde el año 2001 al 2006. (…)

Comenzó en la Universidad de Puerto Rico desde agosto de 2001 al 2006 y aprobó todos los cursos. Los terminó teniendo veintitrés años. Se graduó con un promedio de 3.25. Informa que después de terminar, fue a trabajar a una Clínica Veterinaria como requisito para poder entrar a Universidades en Estados Unidos que era lo que ella quería.

La llamaron en una Universidad en Alabama

y en las demás no fue considerada. Para noviembre a diciembre de 2008 fue a entrevista y la colocaron en lista de espera. Su segunda opción fue República Dominicana y para septiembre de 2009 solicitó y fue aceptada.

En la Universidad de República Dominicana a ella le requirieron los cursos básicos. Biología general, Química general, Español, Inglés, Ciencias Sociales, Historia y Educación Física. Le requirieron un promedio de 3.00 puntos. Se le requirió además, que tomara y aprobara dos exámenes de ingreso. La aceptaron y se le convalidaron varios de sus cursos.

Se sometió evidencia de los cursos convalidados que fueron 91 créditos en treinta y seis materias. Necesita tomar una cantidad de 125 créditos adicionales para obtener el grado. Indica que le faltan dos años más para terminar la carrera. Está tomando entre 21 y 24 créditos por semestre.

Según ella hizo una práctica en la Clínica Veterinaria Dr. Casa en Río Piedras y luego trabajó en la Clínica Dr. Vega en Guaynabo y luego en el Pet Center en Carolina con el doctor Amierio.

Estuvo en el cuadro de honor de la Universidad de Puerto Rico.

Surge del contra interrogatorio que ella informa que se graduó de Bachillerato en Biología en el año 2005 ó 2006. En República Dominicana sólo le requirieron como requisito un Bachillerato.

En el 2008 trabajó y devengó un salario de $3,710.00 y en el 2009 devengó $3,307.00. Mientras ella trabajaba recibió pensión del padre.

Indica que para el 2007 no estaba estudiando y recibía pensión.

Ella toma la práctica en las Clínicas Veterinarias como cursos preparatorios. Después del Bachillerato transcurrieron tres años y varios meses sin...

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