Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Octubre de 2011, número de resolución KLAN201100645

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201100645
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2011

LEXTA20111024-02 Sang OK Yi-Kim v. Coronado López

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ

PANEL IX

SANG OK YI-KIM
Apelada
v.
JOSÉ CORONADO LÓPEZ
Apelante
KLAN201100645
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Civil Núm.: ISRF200901177 Sobre: Alimentos

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de octubre de 2011.

Comparece ante nos el apelante, José Coronado López (Coronado) mediante recurso de Apelación presentado el 11 de mayo de 2011, solicitando la revisión de una Sentencia emitida el 11 de abril de 2011, notificada el 14 del mismo mes y año por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez. Mediante la referida Sentencia, el foro primario condenó al señor Coronado al pago de una pensión ex–cónyuge a favor de la señora Sang Ok Yi-Kim (Ok

Yi Kim) ascendente a mil trescientos dólares ($1,300) mensuales.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes, los autos originales y la transcripción de la prueba presentada ante el Tribunal de Primera Instancia, procedemos a confirmar la Sentencia apelada. Veamos.

I

El vínculo matrimonial entre el señor Coronado y la señora Ok

Yi Kim quedó disuelto con la Sentencia de divorcio por separación emitida por el Tribunal de Primera Instancia el 9 de marzo de 20061. Entre otras cosas, al señor Coronado se le fijó una pensión alimentaria en favor de la menor C.C.C.L. habida en el matrimonio ascendente a dos mil doscientos cuarenta y tres dólares mensuales ($2,243.00). Además, al señor Coronado se le impuso el pago de una pensión pendente lite ascendente a mil quinientos dólares mensuales ($1,500.00) a favor de la señora Ok Yi Kim.

Así las cosas, el 4 de agosto de 2009 la señora Ok Yi Kim presentó una petición de alimentos ex cónyuge contra el señor Coronado. En la misma arguyó que estuvo casada con el señor Coronado por 32 años y durante ese tiempo no tuvo un trabajo formal. Argumentó, la señora Ok Yi Kim que el señor Coronado le manifestó que nunca le faltaría nada, por lo que no era necesario que trabajara una jornada completa de trabajo, pues sus ingresos eran lo suficiente para satisfacer sus necesidades. Asimismo, argumentó que no era acreedora de los beneficios de seguro social y de un plan médico.

Del mismo modo, la señora Ok Yi

Kim alegó que por los últimos veinte (20) meses recibió la cantidad de mil setecientos dólares mensuales ($1,700.00) correspondientes al 50% de las aportaciones gananciales realizadas durante el matrimonio al sistema de retiro del señor Coronado. Igualmente, la señora Ok Yi Kim

indicó que durante la tramitación del divorcio recibió una pensión pendente lite ascendente a mil quinientos dólares mensuales ($1,500). Sostuvo, la señora Ok

Yi Kim que al momento del divorcio ostentaba 52 años y a pesar de tener conocimiento en diferentes tareas las mismas no son lo suficientemente remunerativas para poder mantenerse.

Además, arguyó que posee unas limitaciones en el mercado laboral, toda vez que no domina la escritura en el idioma español y tampoco habla con fluidez. Por ello, solicitó una pensión ex cónyuge no menor de mil setecientos dólares ($1,700) mensuales.

Por su parte, el señor Coronado presentó su Contestación a la Demanda el 3 de diciembre de 2009, en la misma negó las alegaciones en su contra. No obstante arguyó como defensa afirmativa que la señora Ok Yi Kim es una mujer joven y con conocimiento en diferentes tareas lo suficientemente remunerativas como para poder mantenerse económicamente. Además, indicó que la señora Ok Yi Kim

posee bienes inmuebles los cuales puede dar en arrendamiento.

Luego de varios incidentes procesales, los días 7 y 23 de febrero de 2011 se celebró el juicio en su fondo, en el cual se presentó como parte de la prueba testifical el testimonio de la señora Ivette

Hernández Denizard (Hernández), la señora Ok Yi-Kim y el señor Coronado.

Así las cosas, el 11 de abril de 2011 el Tribunal de Instancia dictó y notificóla Sentencia apelada, mediante la cual el foro de instancia concluyó que la prueba presentada evidenció la necesidad de la señora Ok Yi Kim

de recibir una pensión ex cónyuge por parte del señor Coronado y la capacidad económica del señor Coronado de satisfacer la referida pensión. De igual forma, la juzgadora de hechos determinó que las oportunidades de empleo de la señora Ok Yi Kim

son limitadas. Igualmente, el foro primario concluyó que la señora Ok Yi Kim

carece de bienes suficientes para vivir. Ante ello, el tribunal sentenciador declaró con lugar la solicitud de pensión ex cónyuge presentada e impuso al señor Coronado el pago de mil trescientos dólares mensuales ($1,300) mensuales.

Inconforme, el señor Coronado con la determinación del foro primario presentó el 11 de mayo de 2011 ante este tribunal un recurso de Apelación, en el cual arguyó la comisión de los siguientes señalamientos de error:

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al concluir que la Demandada-Recurrida, probó la necesidad de una pensión alimentaria ex cónyuge para vivir.

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al concluir que el Demandado-Recurrente José Coronado López tiene capacidad económica para aportar la pensión económica impuesta.

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al concluir que [sic]

Demandado –Recurrente José Coronado López tiene la obligación de pagar una pensión de ex cónyuge a la Demandante –Recurrida, Sang

Ok Yi-Kim, por la suma de mil...

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